Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 6 de Diciembre de 2018, expediente FBB 012000057/2012/TO01

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000057/2012/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AMAYA, C.C. s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS hía Blanca, de diciembre de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa Nº FBB 12000057/

2010/TO1, caratulada: “AMAYA, C.C. s/FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS” del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Y CONSIDERANDO:

1ro.) Que en el requerimiento de elevación a juicio de fs.

277/279vta. se imputó a C.C.A. la comisión del hecho que se calificó como falsificación de documento público (art. 292 del C.P).

2do.) Que a fs. 342/344 el señor Defensor Oficial, Dr.

J.I.P.C. solicitó la suspensión del juicio a prueba en los términos del art. 76 bis del C.P. en favor de su defendido.

Fundamentó la procedencia del instituto citando jurisprudencia que adopta una “tesis amplia” para la concesión del mismo y que la aplicación de éste a delitos menores importa la mejor respuesta humanística del sistema penal, que procura evitar los efectos negativos de la prisión, centrándose en la resocialización de los imputados sin que por ello deje de lado la penalización. Que el delito endilgado a su defendido colma el ámbito de operatividad para la aplicación del instituto, siendo que el mismo no importa una gravedad tal que justifique el despliegue de mecanismos ordinarios de persecución penal.

Ofreció una reparación en la medida de las posibilidades de su pupilo para el caso que no se le dispense de ella, atento al carácter eminentemente difuso de la cuestión, agregando que se compromete a cumplir en plenitud con todas aquellas reglas de conducta que se entiendan pertinentes, en los términos del art. 27 bis del Código Penal.

3ro.) Que a fs. 366/vta. corre agregada el acta que documenta la audiencia prevista por el art. 293 del C.P.P.N., oportunidad en la que el señor Defensor Oficial ratificó el pedido. Consideró que se encuentran Fecha de firma: 06/12/2018 Alta en sistema: 07/12/2018 Firmado por: M.J.A., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Cámara #31768558#221758146#20181206100557548 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000057/2012/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AMAYA, C.C. s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS reunidos los requisitos exigidos para la concesión del mismo y agregó que su pupilo carece de antecedentes penales y que la calificación legal del hecho endilgado admite -citando...

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