Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Noviembre de 2018, expediente CCC 062332/2017/TO01

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62332/2017/TO1 Reg. int. n° 5572 Buenos Aires, 12 de noviembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en esta causa n° 62.332/17 (registro interno n° 5.572) del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 3 de Capital Federal, integrado unipersonalmente para este caso por el J.D.G.P.V., con la presencia del S.D.A.A.L., que se sigue por robo agravado por su comisión con arma cuya aptitud no puede acreditarse y en poblado y banda (hecho n° 1), robo con armas (hecho n° 2) y hurto agravado por el uso de llave falsa en concurso real con tenencia de arma de guerra (hecho n° 3) a J.D.R., argentino, nacido el 24 de marzo de 1992 en esta ciudad, Documento Nacional de Identidad n°

36.741.211, hijo de H.O.R. y de A.F.B., soltero, changarín, identificado en la Policía Federal Argentina con legajo serie R.H. n° 312.855, con domicilio en la calle La Porteña 4945, Barrio 17 de Marzo, La Matanza, provincia de Buenos Aires, y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal de C.A.B.A., y por hurto, agravado por el uso de llave falsa, en concurso real con tenencia de arma de guerra (hecho III) a E.G.S., argentino, nacido el 12 de mayo de 1995 en Laferrere, provincia de Buenos Aires, hijo de D.S. y de M.H.C., titular del Documento Nacional de Identidad n° 38.926.094, soltero, remisero, identificado en la Policía Federal Argentina con legajo serie AGE Fecha de firma: 12/11/2018 Alta en sistema: 13/11/2018 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31120284#219665206#20181112181700694 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 62332/2017/TO1 Reg. int. n° 5572 n° 220.211, y con domicilio en la calle H. de Almeira 6579, I.C., partido de La Matanza, prov. de Buenos Aires.

Intervienen en el proceso el F. General Dr. A.M. y en la defensa los Dres. C.R.R. y José

Antonio Pérez.

Y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo preceptuado por los artículos , 396, 398, 399, 400, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación, el Tribunal

RESUELVE:

  1. ) ABSOLVER a J.D.R. y a E.G.S. en orden al delito de tenencia ilegítima de arma de guerra por el que fueran acusados por el Sr.

    Fiscal General.

  2. ) CONDENAR a J.D.R., de las demás condiciones personales consignadas en el encabezamiento, como coautor penalmente responsable de los delitos de robo...

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