Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 25 de Octubre de 2018, expediente FCR 010954/2015/TO01

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 10954/2015/TO1 oro Rivadavia, octubre 25 del 2018.-

VISTA La constitución del Tribunal en lo Criminal Federal del Chubut, presidido por el Dr. E.J.G. e integrado por los vocales Dr.

M.G.R. y Dr. A.J.C.R., con la Secretaría del Dr. Raúl A.

Totaro, para conocer y sentenciar en la causa N° FCR 10954/2015/TO1, caratulada “SERVANTY, L.A. y otros s/ Infracción Ley 23737”, originaria del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia y elevada a juicio por infracción al art. 5 incs. a) y c) y art.

11 inc. c) de la Ley 23.737, respecto de S.E.E., nacido el 11 de enero de 1969 en Cochabamba, Bolivia, hijo de G. y A.E., soltero, alfabeto, albañil, (a) "R.", con último domicilio en Argentina S/N entre S.J. y R., Ingeniero Budge, Lomas de Z., Buenos Aires y transitorio en Pje. A.P.B., Mz. 1297, Lote 13, Puerto Madryn, Chubut, DNI 93.057.493, detenido, alojado en la Comisaría de Camarones; R.R.M., nacida el 30 de agosto de 1972 en Potosí, República Plurinacional de Bolivia, hija de M. y M.M., soltera, instruída, enfermera, con último domicilio en Argentina S/N (1695) y G., B.J.M. de Rosas, Ingeniero Budge, L. de Z., Provincia de Buenos Aires y P.. A.P.B., Mz. 1297, Lote 13, Puerto Madryn, Chubut, DNI 25.962.220, alojada en el Complejo Penitenciario IV de Mujeres de Ezeiza del S.P.F.; R.A.A., nacido el 18 de mayo de 1977 en Comodoro Rivadavia, Chubut, hijo de R. y M.E.M., soltero, alfabeto, carpintero, con último domicilio en Corrientes 813, Puerto Madryn, Chubut. DNI 25.962.220, detenido alojado en la Unidad Nº 6 -Rawson-

S.P.F.; W.M.P., nacido el 10 de agosto de 1970 en Puerto Madryn, Chubut, hijo de V. y R.V., casado, instruido, productor, con último domicilio en D.G. 109, Puerto Madryn, Chubut, DNI 21.354.509, detenido alojado en la Unidad Nº 6 S.P.F.; L.A.S., nacido el 1º de febrero de 1971 en Comodoro Rivadavia, Chubut, hijo de G.A.S., soltero, alfabeto, soldador, (a) "Calculín", con último domicilio en Pje. U. 961 de esta ciudad, DNI 21.871.997; alojado en la Unidad Nº 15 -Río Gallegos- del S.P.F.; R.J.F., nacido el 10 de octubre de 1973 en Comodoro Rivadavia Chubut, hijo de R. y M.M. (f), casado, instruido, (a) "Cuñete", empleado, con domicilio en F.P. Nº 1334, Bº

Divina Providencia, Km 3, de Comodoro Rivadavia, DNI 23.439.330; H.F.E., nacido el 19 de mayo de 1990 en Río Cuarto, Córdoba, hijo de H. (f) y E.L.I., soltero, instruido, empleado en la pesquera “Mar del Chubut”, (a) “Nano”

o "El Sanjuanino", domiciliado en ladera del Cerro Solo, zona de asentamientos ilegales, DNI 35.260.848; F.N.E., nacido el 14 de julio de 1992 en San Luis, provincia homónima, hijo de H. (f) y E.L.I., soltero, instruido, comerciante, (a) “C.”, domiciliado en Rivadavia 2629, DNI 36.631.316; N.R.E., Fecha de firma: 25/10/2018 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A.T., Secretario de Cámara TOFCR #29887113#219897598#20181025131016583 nacido el 21 de marzo de 1983 en Villa Mercedes, S.L., hijo de Hugo (f) y E.L.I., soltero, instruido, empleado, con domicilio en Cerro Solo, zona de asentamientos ilegales, DNI 29.922.285; de cuyas constancias el Dr. Guanziroli dijo, RESULTA

I) La causa comienza por denuncia de identidad reservada, el 13/8/2015 (fs.1), acerca de dos hermanos oriundos de S.L. que se dedicarían a la venta de cocaína, de los que no sabe nombre, uno anda en un Duna SIR-222 y otro en un Corsa ARA-679, uno abrió un local comercial en Rivadavia 2629 tienda “Virgenia” y se moviliza en pick up Chevrolet HSG-775 (fs.2/3); se constatan domicilios y personas, tras vigilancias en Huergo 2961 y seguimientos a su ocupante el “Sanjuanino”, observan movimientos de entregas, visitas esporádicas y pasamanos (fs.32, 28/8/15), a fs.80/2 se identifica a H.F.E. y a fs. 84 se informa que utiliza los abonados 297-5041807 y 297-

4084678 cuya intervención se ordena (fs.91/113), se moviliza en un VW Gol LYD-029 y se mudó a Cerro Sólo, zona de asentamientos ilegales, se registra otro pasamanos (fs. 209, 10/10/15) y constatan encuentros pactados telefónicamente, entregas de pequeños elementos, personas que ingresan por breve lapso y el abonado 297-4132422 avisa, “R.... quiere la moneda” (Comunicación Nº9 CD2, 2/10/15), ordenándose su intervención telefónica (fs. 222/47) y resultó ser F.E. alias “Caco”; en base a las escuchas se individualiza los hermanos H. (a) “Narigón, N., Ojo”, F. “Caco”

y N.R. (fs.410/3); el 28/10 C. le avisa a H. “llegaron los inquilinos, que vaya a la tienda con la plata”, con persiana bajas 21:50 ingresan dos hombres y egresan a medianoche al Hotel “Gonce” (fs.414/8), al día siguiente (fs.423/5) del hotel salen dos hombres con un bolso, caminan a la terminal de ómnibus y abordan uno a M. delP. y se los identifica como S.E.E. y J.O.R.M., el 29/10 arriban a P.. M. abordan un taxi e ingresan a P.. A.P.B.M.1297, Lt.13 (fs.632); el abonado 11-23586992 de S.E., alias “R.”, es intervenido y al día siguiente va a Corrientes 813, residencia de R.A.A., incluído en vigilancias, registra encuentros esporádicos, varios pasamanos (fs.638/9). Otro arribo de E. a esta ciudad el 1º/11/15, fs. 563/7) ingresa en Pje. U. 975, residencia de L.A.S., visita la tienda de F.E. y regresa a Pto. Madryn el mismo 1º/11, con mochila negra, hasta P.. A.P.B. (fs.647) y el 16/11 viaja hacia Liniers, Buenos Aires, previo a encontrarse con W.M.P., domiciliado en G.D. 565 de esa ciudad (fs.682). De las escuchas telefónicas surgen acuerdos de pago entre F.E. y Espinoza (fs.1627/30) y con S. por “cien” (fs. 1638/62) y de vigilarlo surge la habitualidad de encuentros con J.F., domiciliado en Pool 1334; continúan registrándose movimientos de E., entre Buenos Aires (Argentina S/N entre S.J. y R. de Ingeniero Budge, fs.3066/8), Pto. M. y C.R., hasta el 7/8/2016, detenido en Pto. M. junto a R.R.M. en Pje. A.P.Bell con Fecha de firma: 25/10/2018 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A.T., Secretario de Cámara TOFCR #29887113#219897598#20181025131016583 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 10954/2015/TO1 1.700 tizas de cocaína, un total de 17702,31 grs.; el resto de los procesados allanados y detenidos en simultáneo poseían, H.E. 2,08 grs. de marihuana y 0,59 grs. de semillas; F.E. 144 tizas de cocaína por 1416,84 grs.; A. 26,75 grs. de marihuana y una tiza de cocaína de 3,13 grs. y dos balanzas digitales; Paz 198 tizas de cocaína por 1963,6 grs.; Servanty 201 tizas de cocaína por 1112,37 grs.; F. no poseía droga y en el domicilio de Espinoza y R.M. de Ingeniero Budge se hallaron 5 balanzas, 200 tizas de cocaína por 2032,63 grs., fluídos de producción (ácido clorhídrico, sulfúrico y éter etílico), moldes metálicos de tiza, prensa, cocaína granulada por 6318,4 grs., con pureza de 10,3 % y 578,9 grs. con 84% pureza.-

Los procesados fueron invitados a prestar declaración indagatoria absteniéndose de hacerlo H.F.E. a fs. 3284/7, F.N.E. a fs. 3289/92, S.E.E. a fs. 3369/72, R.A.A. a fs. 3374/7vta., W.M.P. a fs. 3379/82vta., L.A.S. a fs.

3308/10, J.R.F. a fs. 3294/7, N.R.E. a fs. 3302/5 y R.R.M. a fs. 3364/8vta.; declararon en ampliación S.E.E. a fs. 4209/14vta. y R.R.M. a fs. 4117/21 y 4213/7 y R.A.A. a fs.4218/21vta.-

Se los procesa a fs. 3853/3919 vta. por infracción a la ley 23737 y el Fiscal Federal Dr. N.J.B. requirió su elevación a juicio a fs.

4297/303vta. a S.E.E. y R.R.M. por fabricación de estupefacientes, en concurso real con su comercio agravado (arts. 5 inc. "a" y “c” y 11 inc "c" de la ley 23.737 y 55 CP), respecto de H.F.E., F.N.E., N.R.E., L.A.S., R.J.F., W.M.P. y R.A.A. por comercio de estupefacientes agravado (arts. 5 inc.

c

y art. 11 inc. “c”, ley 23.737) y elevada por la Jueza Federal de instrucción Dra. Marta

  1. Yañez a fs. 4318/vta.-

    II) Recordadas que les fueron las garantías que les asisten a los procesados, H.F.E., F.N.E., N.R.E. y R.J.F., expresaron que harán uso de sus derechos y se abstendrán de presar declaración indagatoria reiterando su negativa instructoria.-

    S.E.E. declaró al Tribunal, que su señora no tiene nada que ver, ni sabía nada de la droga y del bolso y su contenido, no puede decir quien se lo entregó, ni para quién en Puerto Madryn, por seguridad suya y de su familia, ella estudiaba y trabajaba y estaban medio peleados desde seis meses antes, ella se iba con su madre, había cinco habitaciones y en alguna no le permitía entrar a su esposa, la que tenía sus cosas le echaba llave, elaboraba en una y tenía químicos en otra, usaba barbijos, el papel film lo compró para envolver las tizas y reconoce su delito y los objetos secuestrados que son suyos, la presa y tambores y lo hallado en su habitación, coqueaba cuando trabajaba en la construcción y los líquidos eran para estirar droga, la hizo venir a M. porque quería que viera un terreno para comprar, él ya estaba hacía 10 o 12 días, trajo 18 Fecha de firma: 25/10/2018 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A.T., Secretario de Cámara TOFCR #29887113#219897598#20181025131016583 kilos de cocaína en un bolso y le pagaron cincuenta mil pesos para transportarla de Buenos Aires a M., para la venta, después de salir de la cárcel no tuvo muchas oportunidades de trabajo y lo hizo por necesidad, está arrepentido pues no era el camino, pero se crió en el campo, hablaba quechua y sólo escribía algo y firmaba, A.A. es un amigo que conoció en el 2008 en la Unidad Nº6, donde estuvo unos siete años, del 2007 al 2014, pues tuvo otra causa que cree está cerrada, allí aprendió a fabricar cocaína, para salir de la crisis compraba pasta base y trasformaba en kilos de cocaína, los últimos dos años fue en libertad condicional, él no sabía de la droga, tampoco Paz, ellos no tenían vínculos por esto, S. sí lo sabía, visitó a Aldauc el sábado y el domingo, este día su esposa volvía a Buenos Aires y él se quedaba, en la bolsa que su esposa llevaba el sábado y fotografió la instrucción, había bebidas y vino, visitó a Aldauc con su señora...

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