Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 22 de Octubre de 2018, expediente CCC 006585/2017/TO01

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6585/2017/TO1 Buenos Aires, 22 de octubre de 2018.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la causa N°

6.585/17 (registro interno N° 5668) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 3 de Capital Federal, integrado de manera unipersonal por el Sr. Juez de Cámara, Dr. M.Á.C., asistido por el secretario Dr. A.A.L., que por el delito de lesiones dolosas leves agravadas por la relación de pareja que mantuvieron en concurso real con amenazas coactivas agravadas por el uso de armas, se sigue a F.D.Y. CABALLERO (u O.B.C.C. u O.B.C.C.C. o D.F.Y.C. o F.D.Y.C.) -paraguayo, nacido el 14 de julio de 1978 en Asunción, República del Paraguay, hijo de G.A.Y. y de B.C. , titular del D.N.

  1. 95.460.124, con P.P.R.H.N.° 307.211 y del Registro Nacional de Reincidencia N° 3559953, con último domicilio en manzana 22, casa 6, V. 21 de esta ciudad-.

    Intervienen en el proceso, el Sr. A.F., Dr. J.R. y, en calidad de asistente técnico del imputado, la Sra. Defensora Coadyuvante, Dra. A.A..

    Y CONSIDERANDO:

    1. ) Que por requerimiento de elevación de la causa a juicio de fs. 67/9, el Sr. Fiscal de instrucción formuló la imputación contra el nombrado que a continuación se transcribe:

      Fecha de firma: 22/10/2018 Alta en sistema: 24/10/2018 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31530264#219384657#20181024105346723 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6585/2017/TO1 “…haberle provocado a su concubina N.M. las lesiones que se describieron como: “Edema y equimosis en párpado superior derecho (ver informe médico de fs. 32)

      al tiempo que le profirió frases de contenido intimidatorio, tales como:

      si vos me haces la denuncia yo te mato a vos y a tus hijas, yo sé

      dónde paran las chicas

      (textual). Ello, con la finalidad de impedir que la víctima lo denuncie y le exhibió un elemento cortante que podría tratarse de un cuchillo de cocina.

      Dicho episodio tuvo lugar el 5 de febrero de 2017, alrededor de las 13:00 horas, en el interior del domicilio donde las partes convivían, sito en la manzana 22, casa 33 de la Villa 21 (Barrio Loma Alegre) de este medio.

      Aquel día, las partes comenzaron una discusión por problemas personales lo cual desencadenó que el causante se violentara y al tiempo que le refirió la frase de contenido intimidatorio a su pareja y le exhibió un cuchillo, Y.C. la golpeó con sus puños en el rostro, brazos y frente. Como consecuencia de este accionar, la víctima sufrió las heridas antes descriptas

      .

      Así descriptos los hechos, el Sr. Fiscal de Instrucción consideró que los mismos tipificaban el delito de lesiones dolosas leves agravadas por la relación de pareja que mantuvieron en concurso real con amenazas coactivas agravadas por el uso de armas, por las cuales debía responder el imputado en carácter de autor.

    2. ) Que radicados los autos ante estos estrados, el Sr. Fiscal General, en los términos del art. 431 bis inc. 2°

      del C.P.P.N., solicitó mediante escrito glosado a fs. 119/vta, que, en orden al delito mencionado, se condene a F.D.Y.F. de firma: 22/10/2018 Alta en sistema: 24/10/2018 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31530264#219384657#20181024105346723 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6585/2017/TO1 Caballero a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas; con más el cumplimiento, por el mismo plazo, de las siguientes reglas de conducta, en el marco de lo regulado por el art. 27 bis del CP: a) fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato (inc. 1°); b)

      abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas (inc. 3°); c) someterse a un tratamiento...

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