Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 14 de Mayo de 2018, expediente CCC 049227/2016/TO01
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 49227/2016/TO1 REGISTRO 37 / 2018 n la Ciudad de Buenos Aires, a los catorce días del mes de mayo de dos mil dieciocho, siendo las 11.10 horas, se constituyen en la Sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. 30 de la Capital Federal, el señor Juez doctor L.M.R., para la celebración de la Audiencia de Suspensión de juicio a prueba (artículos 76 bis del Código Penal y 293 del C.P.P.N.), en la causa nº 5286, seguida a D.O.V., por el delito de lesiones leves doblemente agravadas por la relación de pareja no conviviente y por mediar violencia de género en concurso ideal con amenazas coactivas –
hecho n° 1-, los que concurren materialmente con el delito de desobediencia a un funcionario público reiterado en dos oportunidades –hecho n° 2-, por los que deberá responder en calidad de autor (arts. 45, 54, 55, 89 y 92 en función del art.
80 inc. 1° y 11°, 149 bis segundo párrafo y 239 del CP). El doctor L.M.R. verifica por informe de Secretaría la presencia del imputado D.O.V. asistido por la señora Defensora Oficial coadyuvante doctora A.E., y la señora Auxiliar Fiscal doctora C.T.. Asimismo, y de la presunta damnificada, E.I.A.; se informa que el imputado no registra antecedentes conforme el certificado obrante a fs. 159. Finalmente se tiene por incorporado el requerimiento de elevación a juicio de fs. 136/42 –con expreso consentimiento de las partes.- El señor P. concede la palabra a la doctora A.E., quien ratifica el pedido de suspensión del juicio a prueba a favor de su asistido –en los términos del art. 76 bis in fine del CP-, por considerar que se encuentran reunidos los requisitos y en virtud de las probanzas obrantes en la causa, ya que en el eventual caso de ser condenado la pena podría ser dejada en suspenso, aunado a la carencia de antecedentes condenatorios.
Asimismo, ofrece que su asistido fije residencia y se someta al control del Fecha de firma: 14/05/2018 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #30568039#206177906#20180514125928479 Patronato de Liberados y que realice tareas comunitarias en la sede de Cáritas más cercana a su domicilio, en las tareas que allí se le asignen. En relación a la reparación patrimonial, ofrece la suma de $3000 (tres mil pesos), atento a sus condiciones personales –suma que podrá abonar en el día de la fecha.
Finalmente, solicita...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba