Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA, 18 de Abril de 2018, expediente FRO 042000458/2012/TO01

Fecha de Resolución18 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 42000458/2012/TO1 Nº 81/2018 Rosario, 18 de abril de 2018.-

Y VISTOS:

Dentro de los autos caratulados: “FLORES, R.A. s/ Ley 24.769”, expediente Nº FRO 42000458/2012/TO1 del registro de este Tribunal Oral Federal en lo Criminal nº 2 de Rosario, a efectos de resolver sobre la procedencia del recurso de Casación deducido por el F. General contra la Resolución nº 123/12 dictada por este Tribunal Oral.

DE LOS QUE RESULTA:

En fecha 21 de febrero de 2018, se celebró audiencia de debate y como cuestión preliminar la Defensa solicitó el sobreseimiento de su pupilo en base a la atipicidad de la figura enrostrada, en tenor de la vigencia de la Ley 27.430.

S. planteó la aplicación de la ley penal más benigna por ser similar el tipo subjetivo de ambas leyes, atento que la conducta de retención de aportes a los trabajadores aumentó el plazo de intimación de 10 a 30 días, sostuvo que el elemento objetivo penal es el mismo. Sin embargo añadió que se modificaron sustancialmente los montos mínimos a $ 100.000, por lo tanto si se aplicaría al mismo criterio (ley penal más benigna) la conducta de Flores sería atípica, citó jurisprudencia para sostener su postura.

Corrido el correspondiente traslado a la Fiscalía General, la Dra.

S. expresó que todas la salas de la Cámara Federal de Casación Penal han sostenido que las reformas introducidas por esta ley constituyeron ley penal más benigna. Y que se debía aplicar Fecha de firma: 18/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: O.R.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.Y., SECRETARIO #28259500#203119476#20180420100045212 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 42000458/2012/TO1 retroactivamente. Finalizó expresando que correspondía la absolución del imputado por el delito enrostrado.

Y CONSIDERANDO QUE:

Adelanto mi opinión en relación a la denegación del recurso de casación interpuesto, en tenor de lo señalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante el fallo “Tarifeño”.

Dicho fallo llegó a conocimiento del Máximo Tribunal luego de que un Tribunal Oral condenó a F.T. por el delito de encubrimiento en concurso ideal con abuso de autoridad.

Lo característico del caso es que...

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