Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 16 de Abril de 2018, expediente CCC 059309/2013/TO01

Fecha de Resolución16 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 59309/2013/TO1 Buenos Aires, 16 de abril de 2018.-

Pasen los autos para dictar sentencia.-

Ante mí:

En la misma fecha se cumplió. Conste.-

Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #19728289#203817883#20180419142222461 Buenos Aires, 16 de abril de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

El Tribunal Oral en lo Criminal n º 27 de la Capital Federal, integrado en forma UNIPERSONAL por el doctor F.M.S., con la presencia del señor S.M.C., para dictar sentencia en la causa n°4303 seguida a J.L.C. (argentino, titular del DN

  1. 7.668.361, nacido el 2 de abril de 1949 en la Provincia de Tucumán, hijo de S.C. y de J.S., con domicilio en Av. J.B. Justo 5663, PB. D..

    B

    de esta ciudad, con prontuario policial C.

  2. 6.934.730, y ante el R.N.R. legajo nro. 3848059 y nro. O3336316), por el delito de abuso deshonesto reiterado en dos oportunidades, que concurren en forma real, agravado por tratarse de una menor de 18 años y aprovechándose de la situación de convivencia (arts. 45, 55 y 119 1er. y último párrafo inc. “f” del C.P.), según el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 118/120.-

    RESULTA:

  3. ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO.-

    De conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expresados en la presentación de fs. 299, el Sr. A.F. interviniente, doctor D.R.M., contando con el consentimiento expreso del imputado en lo que al respecto le es requerido por la ley, y actuando éste con la asistencia letrada de su defensor, doctor P.M.Z., solicitó la tramitación de las presentes actuaciones bajo las reglas del juicio abreviado, Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #19728289#203817883#20180419142222461 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 59309/2013/TO1 de conformidad con las previsiones del art. 431 bis, punto 1, 2°

    párrafo del C.P.P.N.-

    Que atento a ello, el Tribunal tomó conocimiento del imputado, conforme surge de fs. 300; y se escuchó a la damnificada, conforme lo disponen las leyes 26.485 y 27.372, quien expresó que no oponía al Juicio Abreviado peticionado respecto del imputado dado que no quería revivir todo lo que le pasó, por causarle mucho daño, no obstante indicó que le hubiera gustado que el nombrado fuera a prisión para que ninguna otra persona llegue a sufrir lo que ella sufrió, y que por tanto el imputado no volviera a cometer un hecho semejante como el que ella vivió.

    Teniendo en cuenta lo expuesto, encontrándose reunidos los requisitos objetivos y subjetivos requeridos, corresponde proceder de conformidad con lo dispuesto por el art.

    431 bis, apartados 3 y 5, del C.P.P.N., y –en consecuencia- dictar sentencia, rigiendo el art. 399 del C.P.P.N.-

  4. REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO.-

    Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio de fs. 118/120, el Sr. Fiscal imputó el siguiente hecho: “…

    que J.L.C., aprovechándose de una situación de convivencia con la víctima, AAAAAAAAAAAAA, y ejerciendo violencias y amenazas, la abusó sexualmente en reiteradas ocasiones desde que ésta contaba con 14 años de edad y hasta cumplir 16 años, efectuándole tocamientos en sus senos, glúteos y Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #19728289#203817883#20180419142222461 vagina, tanto por debajo como por encima de sus ropas y frotando su pene contra su cuerpo.

    Tales sucesos, ocurrieron entre el año 2004 y 2006 en el interior del inmueble ubicado en Av. J.B. Justo 5663 PB depto. “B” de esta ciudad, lugar en el que la víctima convivía con su tía materna, S.A. y el imputado, pareja de esta última. Ello, en virtud de que en el año 2004, tras el fallecimiento de la progenitora de AAAAAAAAAAAAA, el Juzgado Civil nro. 12 le otorgó a S.A. la tutela legal de la aquí damnificada.

    Para su cometido, el encausado aprovechaba tanto las ocasiones en que se quedaba a solas en el inmueble con la menor como así también las situaciones en que se hallaba con la víctima alejado de la vista de terceros.

    Que, uno de los hechos sucedió a mediados del años 2006, oportunidad en la que el incuso aprovechando que su esposa e hijos se encontraban fuera del hogar, encontrándose él en su habitación vestido con una camiseta y ropa interior, llamó a la menor solicitándole un vaso con whisky y, cuando ésta lo hizo, le refirió “que no le dijera tío, que quería tener sexo con ella, a cambio de lo cual le iba a pagar dinero y le iba a otorgar mejor trato dentro de la casa”, para luego efectuarle tocamientos por debajo de sus ropas en la zona de sus senos, glúteos y vagina, intentando introducir sus dedos en esta última, pero no lo logró

    Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #19728289#203817883#20180419142222461 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 59309/2013/TO1 debido a que la damnificada “empujándolo” logró zafarse y salir de la habitación.

    Una semana después, AAAAAAAAAAAAA le contó lo sucedido a su tía S. y ésta, conjuntamente con el imputado, la echaron del hogar luego de darle una paliza.

    En otra oportunidad, en momentos en que C. se hallaba lavando su automóvil en la vereda del inmueble de mención, le levantó la pollera a la víctima que egresaba del domicilio y le introdujo la manguera en la cola, frente a lo cual la menor salió corriendo del lugar”.

  5. ENUNCIACIÓN DE PRUEBAS Las pruebas que obran en contra del imputado son:

    1) Declaración testimonial de D.T., S. de la Policía Federal Argentina, oficial preventor (fs.

    1)

    2) Acta de detención y notificación de derechos de fs.

    3 y 10 3) Declaración de los testigos de procedimiento, M.C. y D.C., a fs. 4 y 5, respectivamente.

    4) Declaración de AAAAAAAAAAAAA, damnificada (fs.

    6/7 y 20/21).

    5) Informe del Programa Las Victimas contra la Violencia obrante a fs. 14/16.

    Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #19728289#203817883#20180419142222461 6) Declaración testimonial de L.A.M., kiosquero a quien la denunciante le comentó la situación de abuso vivida (fs. 36/37).

    7) Informe Pericial confeccionado por el Cuerpo Médico Forense respecto de la Srta. AAAAAAAAAAAAA, obrante a fs. 41/44, en el que se indicó que: su relato era concordante en términos generales con lo vertido en su declaración testimonial, y que impresión verosímil; no se detectaron alteraciones...

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