Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 18 DE LA CAPITAL FEDERAL, 7 de Marzo de 2018, expediente CCC 000017/2018/TO01

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 18 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 18 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 17/2018/TO1 Buenos Aires, 7 de marzo de 2018.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa n° 17/2018 (número interno 5669)

seguida a M.S.F., DNI n°

35.145.930, argentino, de estado civil soltero, nacido el 30 de marzo de 1990 en Román, provincia de Buenos Aires, en situación de calle, identificado en la Policía Federal Argentina con el legajo RH 299.283 y en el Registro Nacional de Reincidencia con el informe O3279518, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal n° 2 de Marcos Paz.

Y CONSIDERANDO:

PRIMERO

Conforme surge del acuerdo presentado a fs. 94 en los términos de lo dispuesto en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, el Sr. Fiscal General solicitó que se condene a M.S.F. como autor penalmente responsable del delito de robo, a la pena de tres meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas. Asimismo, solicitó que se declare reincidente al imputado, en virtud de la pena única de cuatro meses y quince días de prisión y costas dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 14 el día 14 de septiembre de 2017 en la causa n° 5391.

Fecha de firma: 07/03/2018 Alta en sistema: 08/03/2018 Firmado por: R.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.C., SECRETARIO #31164890#200434712#20180307114431694 (artículos 5, 29 inc. 3°, 45, 50 y 164 del Código Penal).

El acuerdo de mención fue suscripto por el señor F. General, el imputado F. y el Defensor Público Oficial.

Con posterioridad, tomé conocimiento personal del imputado, quien expresó en la audiencia su comprensión y conformidad con lo acordado, y brindó información sobre su situación personal.

SEGUNDO

Que de acuerdo con la relación del hecho y calificación legal desarrollada por el Fiscal durante la Instrucción, las partes han tenido como acreditado que el 1° de enero de 2018, siendo aproximadamente las 5.30, en Avenida L.N.A. y su intersección con S.M., frente al Hotel Sheraton de Retiro, el encausado M.S.F. intentó sustraer a la señora A.B.A.B. una mochila color negra, que contenía en su interior: una cámara de fotos marca Nikon Coolpix de color negra con memoria interna y sus correspondientes correas dentro de un bolso, un teléfono celular marca Sony de color negro con la pantalla dañada, una cédula de identidad de la nombrada, un documento nacional de identidad n° 95.735.050, una tarjeta SUBE, una tarjeta de débito del Banco Santander Rio, un monedero Fecha de firma: 07/03/2018 Alta en sistema: 08/03/2018 Firmado por: R.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.C., SECRETARIO #31164890#200434712#20180307114431694 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y...

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