Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Marzo de 2018, expediente CCC 006486/2016/TO01

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6486/2016/TO1 Buenos Aires, 1 de marzo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en esta causa n° 4982 (6486/2016)

seguida a M.M.F., argentino, titular del DNI n°

31601538, nacido el 1ro de febrero de 1985, en Isidro Casanova, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, hijo de R.M.F. y de I.R., de estado civil soltero, identificado mediante legajo AGE 184090 de la Policía Federal Argentina, con domicilio real en la calle Pasteur n° 4058, de la ciudad de San Justo, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, y domicilio constituido en la avenida R.S.P. n° 1190, piso 9no, de esta ciudad.

Intervienen en el proceso, como representantes del Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.M.B. y la Auxiliar Fiscal Dra. G.A.F. de la Fiscalía General n° 22, en representación de las querellantes S.L.M. y Rosa del C.V., la Dra. G.C.G., y por la defensa técnica del nombrado F., los Dres. S.S. y G.P., de la Defensoría Oficial n° 13 ante esta instancia.

RESULTA:

  1. Requerimiento fiscal de elevación de la causa a juicio:

    Imputo a M.M.F., el haberle causado la muerte a S.R.B., por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión, al haberle disparado el arma de fugo, revólver de color negro con la inscripción Jaguar, calibre 38, Nro 237057, el día 2 de febrero de 2016, siendo las 19.30 hs aproximadamente, en el interior del rodado Chevrolet Corsa Classic, de color gris plata, dominio OUA-529, en el que ambos se trasladaban y que poseía grabado las siglas “FPI Seguridad”, rodado este que ese hallaba sobre la colectora de General Paz y Avda.

    B. de esta Ciudad.

    Para ello luego de haber concurrido ambos a la empresa de seguridad “F.P.I”, para la que trabajaban desde hacía años, retirar los gastos de viáticos, el rodado y el arma antes mencionada, todo esto para realizar la custodia de un camión, concurrieron a la estación de servicios de GNC “Gamber Gas” de la colectora General Paz 7499 y luego de cargar Fecha de firma: 01/03/2018 Alta en sistema: 02/03/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28724901#198682831#20180301143058001 gas, al retirarse de la misma, haciéndolo B. al volante y F. como acompañante y realizar unos 50 metros, siendo allí demorados por el semáforo existente, se produjo la detonación del arma que llevaba F., Jaguar calibre 38 antes mencionado, sobre sus piernas, impactando el proyectil en la cabeza de B. produciéndole inmediatamente la muerte.

    Que dicho proyectil, ingresó por la región tempo-malar derecha, a 3,5 cm. por delante y a nivel de la inserción superior del pabellón auricular derecho, donde le produjo una lesión contuso perforante oblonda de 1,2 cm x 0.9 cm. rodeada de un halo equimótico y excoriativo de ancho variable entre las 03 y 0,1 cm, siendo el mayor hacia adelante con las características del orificio de entrada por proyectil de arma de fuego. El proyectil vulnerante ingresa en cráneo por la escama temporal derecha por una pérdida de sustancia ósea a bisel interno de 2,5 cm. x 2cm. del cual parte un trazo de fractura su-dural de la convexidad y una hemorragia sub-aracnoidea generalizada, lesiona lóbulos frontales y temporales bilaterales, para salir del cráneo por una pérdida de sustancia ósea de 2,5 cm. x 1.5 cm. a bisel externo en el hueso temporal izquierdo del cual parten trazos de fractura, para finalmente salir del cráneo en la región temporal izquierda a 5 cm por arriba y a 1 cm por delante de la inserción superior del pabellón auricular izquierdo con una lesión a labios evertidos de 2cm por 1cm.

    Que la trayectoria del disparo fue de derecha a izquierda, de adelante hacia atrás y de abajo hacia arriba.

    Inmediatamente de producido el disparo, por el ruido de su detonación el oficial J.A.P., de la Policía de la Pcia de Bs.

    As, que se encontraba realizando control vehicular, es advertido y se dirigió hasta el rodado de marras, comprobando que B. se encontraba al volante recostado sobre el mismo y con sangre en su cara, y como acompañante F., con las manos hacia abajo al igual que su cabeza, identificándose como policía y ordenándole descender, sin cumplir con dicha orden, al tiempo que arribaba al lugar el inspector N.S. de la P.F.A, quienes finalmente redujeron a F., previo tomar Fecha de firma: 01/03/2018 Alta en sistema: 02/03/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28724901#198682831#20180301143058001 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6486/2016/TO1 Peralta, por hallarse la ventanilla del rodado abierta, el revólver que F. llevaba en sus manos y sobre sus piernas

    . (fs. 598/606).

  2. Requerimiento de la querella de elevación a juicio.

    Se le atribuye al encartado haber causado la muerte de S.R.B., de 34 años de edad, mediante un disparo de arma de fuego, tipo revólver, color negro, inscripción Jaguar, calibre 38,nro. 237057, el 2 de febrero del corriente año, a las 19.30 horas aproximadamente, en el interior del vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa Classic, dominio OUA-529, color gris plata, con gráfica ploteada “FPI Seguridad”, el cual se hallaba sobre la colectora de General Paz y Av. B.

    de esta ciudad. En dichas circunstancias, el oficial J.A.P., que se encontraba realizando un operativo de interceptación vehicular sobre la arteria R.G., escuchó una detonación (tipo disparo) la cual provenía de la colectora de General Paz, puntualmente de un rodado marca Chevrolet dominio OUA-529, que se encontraba esperando el cambio de luz del semáforo para avanzar, acción que no se produjo al estarle permitido el avance del tránsito. En razón de ello, se acercó allí de manera estratégica, con su arma en la mano, ocasión en la que observó que el conductor del vehículo se hallaba recostado sobre el volante con sangre sobre su cara y en el lugar del acompañante a un hombre con las manos hacia abajo y su cabeza en posición de estar observándolas. En ese contexto, le manifestó a éste último a viva voz, identificándose previamente que descendiera del rodado, a lo que hizo caso omiso. Seguidamente, al observar que la ventanilla del lado del acompañante se encontraba baja se acercó e introdujo su mano inhábil en el interior del vehículo y sosteniéndole las manos al sujeto en cuestión, siendo que entre ellas sostenía un arma de fuego, abrio éstas y logró

    extraer el arma referida hacia el exterior. En esos momentos, se hizo presente en el lugar el inspector N.S., quien brindó apoyo al oficial P., a fin de lograr, aplicando la fuerza mínima e indispensable, el egreso del sujeto que se hallaba dentro del vehículo, quien a la postre resultó ser M.M.F. (de contextura robusta, vestido de camisa manga corta, de color celeste y pantalón de color negro).

    Posteriormente, luego de asegurar al nombrado, el personal de la fuerza Fecha de firma: 01/03/2018 Alta en sistema: 02/03/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #28724901#198682831#20180301143058001 observó que en el interior del automóvil se hallaba sentado en el lugar del conductor una persona de sexo masculino, vestido con chomba y pantalón color negro, la cual se encontraba aparentemente sin vida, con un orificio de bala a la altura del molar derecho del que emanaba abundante sangre.

    En razón de ello, se solicitó una ambulancia del SAME, haciéndose presente en el lugar el interno 328 a cargo del Dr. C.B. (MN69375) quien constató el fallecimiento de quien en vida fuera S.B., lográndose determinar que se debió a “lesión por proyectil de arma de fuego en cráneo y cerebro”. Así, se procedió al secuestro del automóvil referido, el revólver en cuestión, que contenía en su interior una vaina servida y cinco cartuchos a bala el cual se hallaba sobre la acera del lado derecho del vehículo, teléfonos celulares, billeteras personales, documentación del interior de éstas y dinero en efectivo, entre otros.

    Asimismo, se formalizó la detención del mentado F. y personal de la Unidad Médico Forense de Investigación Criminal determinó que B. poseía un orificio de entrada en la zona molar derecha y un orificio de salida en el parietal izquierdo, no presentando signos de violencia

    (fs.

    607/609).

  3. Del acuerdo celebrado:

    I) En este proceso seguido al nombrado la Auxiliar Fiscal ha solicitado la aplicación del juicio abreviado (Art. 431 bis del CPPN)

    -fs. 746/748-

    Conforme surge de dicha requisitoria, se reunieron el representante del Ministerio Público Fiscal con la defensa y su pupilo en la presente causa, expresando éste último su conformidad respecto de la existencia del hecho ilícito y la participación que se le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR