Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 15 de Febrero de 2018, expediente CCC 004178/2018/TO01

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 4178/2018/TO1 Buenos Aires, 6 de febrero de 2018.

Constituido el suscripto, Dr. H.E.B., Presidente de juicio en esta causa n° 4178/2018 (registro interno 5410) -trámite de flagrancia- de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 19, con la asistencia del Secretario de Cámara, Dr.

M.C.E.G.M., que por el delito de robo en grado de tentativa en calidad de autor se sigue a B.A.L., argentino, titular del DNI 40.497.320, nacido el 27 de junio de 1995, hijo de R.A.L. y G.B.T., ayudante de cocina, con estudios primarios completos, en situación de calle, con domicilio de referencia del hermano en Ballares 1164, A., Lanús, PBA, identificado con registro policial R.H. 313.687, actualmente alojado en el CPF de la CABA (LPU 407.398).

Luego de concluido el debate desarrollado con la participación de la Sra. A.F., Dra. M.N.R.D. y del Sr. Defensor Público Coadyuvante, Dr. J.C.R., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 400, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación, se dispone dar a conocer la parte dispositiva de la sentencia en el día de la fecha, difiriendo su lectura integral.

En virtud de lo que antecede y de conformidad con lo prescripto en los artículos 398, 400, 403, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO:

I) CONDENAR a B.A.L., registro policial RH 313.687, de las demás condiciones filiatorias de certificación, a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento y costas, por ser autor penalmente responsable del delito de robo en grado de tentativa (artículos 29 inciso 3°, 40, 41, 42, 44, 45 y 164 del Código Penal).

II) DECLARAR que la pena impuesta a B.A.L., registro policial RH 313.687, vencerá el 20 de Fecha de firma: 15/02/2018 Alta en sistema: 16/02/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31165050#198041908#20180216115126995 febrero del corriente año, debiendo efectivizarse su libertad a las doce horas de ese día.

III) INTIMAR a B.A.L., registro policial RH 313.687, para que una vez firme la presente, abone dentro del quinto día la suma de sesenta y nueve pesos con setenta centavos ($69,70), bajo apercibimiento de aplicar una multa equivalente al 50%

de dicha cantidad ($104,55), la que deberá ser abonada dentro de los cinco primeros días de vencido el primer plazo, bajo apercibimiento de ley.-

IV) DIFERIR la lectura de los fundamentos de la presente sentencia para el día 15 de febrero del corriente año, a las 13:30 hs.-

V) A., protocolícese y comuníquese.

H.E.B. JUEZ DE C.M.C.E.G.M. SECRETARIO DE CAMARA Fecha de firma: 15/02/2018 Alta en sistema: 16/02/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31165050#198041908#20180216115126995 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 4178/2018/TO1 nos Aires, 15 de febrero de 2018.

Y VISTOS:

Para redactar los fundamentos de la sentencia dictada el 6 de febrero del corriente año en la causa N° 4178/2018 (registro interno 5410) -iniciada el 21 de enero del corriente año ante la Seccional 23° de la policía de la Ciudad (Srio. 37816/18)

tramitando ante el Juzgado Criminal y Correccional n° 63, Secretaría n° 81- del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°

19 de la Capital Federal, presidido por el Dr. H.E.B., en los términos del art. 353 septies, último párrafo, C.P.P.N., en presencia del Secretario de Cámara, Dr. M.C.E.G.M., remitida a juicio por el delito de robo en grado de tentativa contra B.A.L., argentino, DNI n° 40.497.320, nacido el 27 de junio de 1995, en Moreno, Pcia. de Buenos Aires, hijo de R.A.L. y G.B.T., ayudante de cocina, con estudios primarios completos, en situación de calle, con domicilio de referencia del hermano en Ballares 1164, V.A., Lanús, PBA, identificado con registro policial RH 313.687, actualmente alojado en el CPF de la CABA (LPU 407.398).

Intervienen en el proceso la Sra. A.F., Dra. M.N.R.D. y en la defensa del imputado, el Sr.

Defensor Público Coadyuvante, Dr. J.C.R..

RESULTA:

Ante la solicitud de las partes de convertir la audiencia de admisibilidad de prueba en audiencia de debate, tras la conformidad prestada por el imputado, se declaró abierto el debate y se dio lectura de fs. 58, donde la Sra. Fiscal de Instrucción requirió la elevación a juicio de la presente causa y atribuyó a B.A.L., el episodio que a continuación se transcribe: “Se le imputa a T. haber intentado desapoderar el día 21/1/18 alrededor de las 20:50hs, a L.G.B., de un teléfono celular marca Iphone de su propiedad. La damnificada aquél día se encontraba en la Fecha de firma: 15/02/2018 Alta en sistema: 16/02/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31165050#198041908#20180216115126995 parada de metrobús de la línea 152 ubicada en Av. Santa Fe entre F.J.M. de Oro y Darragueira, y tras mantener un forcejeo con la misma (a raíz de lo cual ésta cayó al piso y resultó lesionada), logró sustraerle un teléfono celular marca Iphone con servicio de...

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