Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 7 de Noviembre de 2017, expediente CCC 043316/2017/TO01

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 43316/2017/TO1 Buenos Aires, 7 de noviembre de 2017.

En atención al acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes a fs. 90, llámese a autor para dictar sentencia.

Ante mí:

Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 28/11/2017 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30413600#192958317#20171117132953139 Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 28/11/2017 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30413600#192958317#20171117132953139 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 43316/2017/TO1 Buenos Aires, 7 de noviembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal n º 27 de Capital Federal, en forma unipersonal, por el J.F.M.S., ante la presencia de la señora S.I.M.B., a fin de dictar sentencia en la causa n° 5402 (43316/2017) seguida a J.R.G. (de nacionalidad argentina, titular del DNI n° 42.062.431, nacido el 29 de abril de 1993, hijo de “C.”G. y de M.G.G., soltero, operario de lavadero de autos, domiciliado en la calle L. 2417 y Campana de V. delP., G.C., PBA, identificado con Expediente del Registro Nacional de Reincidencia O 3166231 y Prontuario Policial TM 87.019), por el delito de hurto en grado de tentativa (arts. 42, 45, 162 del C.P.) según el requerimiento fiscal de elevación a juicio obrante a fs. 70/72.

RESULTA:

  1. ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO.-

    Que de conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expresados en la presentación de fs. 90, el Sr. A.F. interviniente, doctor D.R.M., contando con el consentimiento expreso del imputado en lo que al respecto le es requerido por la ley, y actuando éste con la asistencia letrada de su defensor, doctor P.O., Defensor Coadyuvante de la Defensoría Oficial n° 6, solicitó la tramitación de las presentes actuaciones bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con las previsiones del art. 431 bis, punto 1, 2° párrafo del C.P.P.N.

    Que atento a ello, el Tribunal tomó conocimiento del imputado, Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 28/11/2017 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30413600#192958317#20171117132953139 según surge del acta de fs. 91.-

    En consecuencia, encontrándose reunidos los requisitos objetivos y subjetivos requeridos, corresponde proceder de conformidad con lo dispuesto por el art. 431 bis, apartados 3 y 5, del C.P.P.N., y –en consecuencia- dictar sentencia, rigiendo el art. 399 del C.P.P.N.-

  2. REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO.-

    Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio, de fs.

    70/72, suscripto por el Dr. E.J.C., a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional nro. 22, “se encuentra acreditado y con el grado de certeza que esta etapa requiere, que J.R.G., el día 20 de julio del corriente año, siendo alrededor de las 13.50, intentó apoderarse ilegítimamente de una bicicleta de color negra con vivos grises con la inscripción “Avalanche 3.0 GT Al Tierra” que se hallaba en el patio delantero de la vivienda sita en la calle Cachimayo 1124 de esta ciudad.

    Para ello, el imputado ingresó al patio delantero de la vivienda y tomó la bicicleta aludida que se encontraba apoyada en una pared y luego egresó del lugar, a bordo de dicho rodado con el fin de darse a la fuga; ello fue advertido por M.A.O.R. quien se hallaba en la vivienda, trabajando como albañil, y dio aviso al propietario, A.D.P. quien inmediatamente comenzó a perseguir a G. a quien no perdió de vista en ningún momento.

    Así las cosas, el imputado tomó la calle Cachimayo, luego dobló

    en la calle S., para luego continuar por Del Progreso, siendo finalmente detenido a la altura 1278 de esta última por personal policial que tomara conocimiento por parte del damnificado y procedió al secuestro de dicho rodado”.

    Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 28/11/2017 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30413600#192958317#20171117132953139 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 43316/2017/TO1

  3. ENUNCIACIÓN DE PRUEBAS:

    Las pruebas que obran en contra del imputado son:

    1. Declaración testimonial de P.I.C. -cfr. fs. 1/2-

    personal policial que efectuó el procedimiento, logró la detención del...

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