Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 9 de Noviembre de 2017, expediente FPA 032009649/2011/TO01

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

raná, 15 de mayo de 2016.-

Agréguese el escrito del Sr. Fiscal General y pasen los autos AL ACUERDO.-

RESOLUCIÓN Nº 415/17.-

Paraná, 9 de noviembre de 2017.-

Y VISTO:

El presente expediente FPA 32009649/2011/TO1 caratulado:

MONTES, G.O.S./ INFRACCIÓN LEY 22.415 EN TENTATIVA

y, CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 283/292 vta. el Dr. G.V.A., abogado defensor del procesado G.O.M. peticiona nulidades y el inmediato sobreseimiento del mencionado y, subsidiariamente, la suspensión del juicio a prueba y el ofrecimiento de prueba.-

    En punto a la nulidad del Acta Nº 20/2011 destaca que adolece de irregularidades que afectan garantías constitucionales como el derecho de defensa y debido proceso. Menciona que se agregó de manera sugestiva que Montes, preguntado si traía mercadería o elemento que debía declarar, manifestó negativamente y que con posterioridad los funcionarios que confeccionaran el acta mencionaron un cuarto paquete cuando los testigos que declararon afirmaron que fueron tres.-

    Señala que difieren en cómo se inicio el procedimiento, donde fueron ubicados los paquetes, cómo estaban acondicionados y cuanto había en cada uno. Afirma que el acta no puede dar fe de las cuestiones fundamentales para resolver el caso.-

    Fecha de firma: 09/11/2017 Alta en sistema: 14/11/2017 Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #27527359#152652331#20171114131337139 Solicita, asimismo, la nulidad del auto de elevación de la causa a juicio porque resulta arbitrario y carece de la debida fundamentación, al no analizar el mérito de la prueba producida durante la instrucción y contener argumentaciones dogmáticas que afectan el derecho de defensa en juicio de su defendido. Sostiene la inobservancia de las disposiciones concernientes a la intervención del juez (art. 167 inc. 2) y que implican violación al derecho de defensa (art. 18 C.N.).-

    Subsidiariamente, teniendo en cuenta las especiales características de la imputación, que su defendido carece de antecedentes penales y los pacíficos precedentes del Tribunal, entiende que una eventual condena sería de ejecución condicional, por lo que sería factible la suspensión del juicio a prueba.-

    Cuestiona, con mención de jurisprudencia, el tema relativo a la pena de inhabilitación y al pago mínimo de la multa y afirma que, el día de la audiencia que se designe al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR