Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 23 de Octubre de 2017, expediente CCC 019318/2014/TO01/CNC001
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 19318/2014/TO1/CNC1 REGISTRO N° /2017 Buenos Aires, 23 de octubre de 2017.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa n° 4273 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 30, seguida contra R.D.R.G., argentino, nacido el 10 de enero de 1968 en esta ciudad, titular del D.N.
-
28.761.360, hijo de H.R.G. y de M.G.V., con último domicilio real en la Casa 211, Manzana 1, del Barrio Illia, de esta ciudad, P.. Pol. C.
-
11.672.369, en orden al delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía, reiterado en dos oportunidades; en concurso real con homicidio doblemente calificado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía, en grado de tentativa, reiterados en tres oportunidades; en concurso real con incendio con peligro común para los bienes y personas (arts. 42, 55, 80 inc. 1° y 2° y 186 inc. 1° Y 4° del C.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que, con fecha 10 de noviembre de 2015, este Tribunal resolvió:
...
I.- NO HACER LUGAR a la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, solicitada por la Defensa de R.D.R.G..
II.-
CONDENAR a R.D.R.G., de las demás condiciones personales mencionadas en la causa, como autor material penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado por el vínculo, cometido en perjuicio de C.L.V. y de H.D.I.G.; homicidio calificado por el vínculo, en grado de tentativa, cometido en perjuicio de R.D.R.G. (h), M.C.A.G. y S.M.V.G.; e incendio con peligro común para los bienes y las personas, todos en concurso real entre sí; a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS (arts. 5, 12, 29 inc.
Fecha de firma: 23/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN COURTADE, SECRETARIO ¨AD HOC¨
23856603#190999140#20171023110232869 3°, 40, 41, 42, 45, 55, 80, inc. 1°, y 186 incs. 1° y 4°, del C.P. y arts. 530 y 531 del C.P.P.N.).
III.- DISPONER de los efectos reservados en Secretaría, firme que encuentre el presente fallo...
(cfr. fs. 753/86).
Que ante dicha sentencia, la Defensa del imputado interpuso recursos de casación e inconstitucionalidad los cuales fueron concedidos, con fecha 23 de diciembre de 2015, por lo que la presente causa fue elevada a la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba