Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Octubre de 2017, expediente CCC 050789/2015/TO01

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 50789/2015/TO1 Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

A fin de dictar sentencia ante el Tribunal Oral en lo Criminal n º

27 de la Capital Federal, integrado en forma unipersonal por el suscripto, Dr.

F.M.S., con la presencia de la señora S.I.B., en la causa n° 5320 seguida a G.A.C.P. (titular del DNI.

94.962.609, de nacionalidad boliviana, nacido el 10 de noviembre de 1991 en La Paz, Bolivia, de estado civil soltero, hijo de J.C. y de J.P., con domicilio en la calle Cuenca n° 1159, departamento n° 2 de esta ciudad, identificado con prontuario policial AGE 164.656 y Legajo del Registro Nacional de Reincidencia 3957697) por los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometida contra una persona con quien mantenía una relación de pareja en concurso real con amenazas agravadas por el uso de arma, reiteradas en dos oportunidades (art. 45, 55, 92 y 149 bis, primer párrafo, último supuesto del C.P.N.), según el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 251/254.

RESULTA:

  1. ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO.-

    Que de conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expresados en la presentación de fs. 312, el Sr. A.F. interviniente, doctor D.R.M., contando con el consentimiento expreso del imputado en lo que al respecto le es requerido por la ley, y actuando éste con Fecha de firma: 05/10/2017 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30098756#189648443#20171002124044511 la asistencia letrada de su defensor, doctor A.V., Defensor Coadyuvante de la Defensoría Oficial n° 6, solicitó la tramitación de las presentes actuaciones bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con las previsiones del art. 431 bis, punto 1, 2° párrafo del C.P.P.N.-

    Que atento a ello, el Tribunal tomó conocimiento del imputado, según surge del acta de fs. 313.

    En consecuencia, encontrándose reunidos los requisitos objetivos y subjetivos requeridos, corresponde proceder de conformidad con lo dispuesto por el art. 431 bis, apartados 3 y 5, del C.P.P.N., y –en consecuencia-

    dictar sentencia, rigiendo el art. 399 del C.P.P.N.-

  2. REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO.-

    Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio de fs.

    251/254, suscripto por el Dr. A.G.P., a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 46, se imputó a G.A.C.P.: “…el suceso acontecido el 23 de mayo de 2015, alrededor de las 12.00 horas, oportunidad en la que agredió físicamente a Luisa Noemí

    Acuña Ocampo en el domicilio en el que ambos convivían, localizado en la calle Cuenca 1159 de esta ciudad. Así, cuando la víctima se disponía a salir de la vivienda para dirigirse a su trabajo, el encausado la empujó nuevamente hacia el interior de la finca y la golpeó en la cabeza y en el brazo izquierdo, lo que le provocó una herida cortante en la parte superior de su cabeza por la que debió recibir atención medica en el Hospital Álvarez (hecho II).

    Asimismo, se le imputa a C.P. el hecho ocurrido el 26 de julio de 2015, en el interior del bien inmueble sito en la calle Cuenca n° 1159, Fecha de firma: 05/10/2017 Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30098756#189648443#20171002124044511 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 50789/2015/TO1 PH del Barrio de F. de esta ciudad, oportunidad en la que intentó matar a L.N.A.O., para lo cual tomó una botella, la rompió en la escalera y comenzó a perseguirla. Frente a ello, A.O. salió corriendo para el galpón y se escondió debajo de unas ropas mientras aquél la seguía buscando entrando al baño y después por el otro depósito, pese a lo cual no pudo localizarla (hecho III)

    También denunció A.O. que el 29 de agosto de 2015, alrededor de las 19.30 horas, ingresó al bien inmueble mencionado junto con su padre y hermana y encontró a G.A.C.P. con otra mujer teniendo relaciones sexuales, lo cual generó que la denunciante se enojara y le quisiera pegar al nombrado. En ese momento, el imputado tomó una botella de cerveza y se la arrojó en la cara, tras lo cual agarró nuevamente la botella, la rompió en el piso e intentó matarla a pesar de que la hermana y el padre de aquélla intentaran defenderla. Luego...

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