Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 18 de Agosto de 2017, expediente CCC 038010/2016/TO01

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 38010/2016/TO1 Buenos Aires, 18 de agosto de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa n° 8872 seguida a D.N.N., …. -

Intervienen en el caso la Señora Fiscal General, Dra. P.Q.C., la Defensora Pública Coadyuvante de Menores e Incapaces, Dra. N.B., y el Defensor Público Coadyuvante, Dr.

S.S..-

De acuerdo con lo establecido por los artículos 398 , 399, 400 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación, y art. 9 de la ley n° 27. 308, luego de haberse analizado las constancias existentes en autos y la subordinación legal que las partes le dieran a su objeto procesal, en los términos del artículo 431bis incisos 2 y 5 del citado cuerpo legal, habiéndose efectuado las presentaciones del caso y con la conformidad pertinente, se pasa a resolver.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Requerimiento de elevación a juicio.-

En el requerimiento de elevación a juicio de fs. 87/91, se encuentra detallado el hecho que se le atribuye al imputado D. del siguiente modo:

“Se imputa a D.N.N., que el día 16 de junio de 2016, siendo aproximadamente las 0:15hs. intentó apoderarse ilegítimamente, mediante fuerza en las cosas, de una mochila de color negro con vivos de colores azul y amarillo, con la inscripción “adidas”, la cual contenía dos cuadernos y un estuche de color negro con un par de anteojos, que se encontraba en el interior del vehículo marca “Volkswagen”, modelo “Suran”, dominio LXZ-118, de color gris oscuro, propiedad de N.D.S.; del cual A.K.S. es usuario.”

A tal fin, en circunstancias en que el rodado se encontraba correctamente cerrado y estacionado sobre la calle Guardia Vieja, entre las calles G. y A., el encausado rompió el cristal de la Fecha de firma: 18/08/2017 Alta en sistema: 13/09/2017 Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.K., SECRETARIA #29256141#186046121#20170818103539964 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 38010/2016/TO1 ventanilla delantera derecha del mencionado vehículo, utilizando posiblemente para ello un destornillador de punta tipo Phillips y mango plástico de color negro, para luego ingresar en el rodado, siendo en ese momento observado por A.K.S., quien había ido en busca del automóvil.

Inmediatamente, N. se dio a la fuga en dirección a la calle A., doblando por ésta y luego en la calle L., hasta finalmente ingresar en su domicilio ubicado a la altura catastral nro. 3231 de dicha calle, siendo perseguido por el damnificado durante todo el trayecto, quien no lo perdió de vista en ningún momento.

Atento a ello, S. se comunicó con el abonado nro.

911, y luego de unos minutos arribó al lugar el A.P.A., quien luego de tomar conocimiento de lo ocurrido, se entrevistó con el Sr.

H.M.B., quien se domicilia en el mismo lugar que el imputado, pero en distinto departamento.

Seguidamente, B. permitió el acceso al domicilio al efectivo policial juntamente con el damnificado, indicándoles el departamento en el cual vive N. Fue así, que ambos se dirigieron hacia el departamento correspondiente, donde fueron atendidos por el encausado, quien fue reconocido por la víctima como el autor del hecho.

En ese instante, S. abrió la puerta del medidor de gas ubicada frente a la vivienda del imputado, observando que en el interior se hallaba la mochila que fuera sustraída del interior del vehículo, la cual reconoció como propia, y el destornillador descripto...

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