Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 3 de Agosto de 2017, expediente FPA 033056208/2006/TO01

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

N.. 54 /2017 Paraná, 3 de agosto de 2017.-

Y VISTOS:

Conforme lo dispuesto en los artículos 399 y 400 segundo párrafo del Código Procesal Penal, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, integrado para los presentes por los Dres.

B.C. de B., O.O.P. y J.S.G., Secretaría a cargo de la Dra. V.I., luego de la audiencia de debate en los autos “MAZZAFERRI, J.D.P.A. ILEGAL, PRIVACION ILEGAL LIBERTAD (art. 144 bis inc. 1) en concurso real con Imposición de Tortura (art. 144 ter inc. 1) Y OTROS”, E.. N.. FPA 33056208/2006/TO1 en cumplimiento de los requisitos enumerados en los artículos mencionados precedentemente.

DE LOS QUE RESULTA:

PRIMERO

a) REQUERIMIENTOS DE ELEVACIÓN A JUICIO.

  1. - El Ministerio Público F., a fojas 5019/5050, formuló requerimiento de elevación a juicio por los hechos endilgados a J.D.M.. Responsabilizó al encartado por haber sido integrante de una asociación ilícita en los términos del artículo 210 del Código Penal, y por ser co-autor material de los siguientes delitos:

    1. Caso de C.M.R.:

    allanamiento ilegal del domicilio de R., privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos Fecha de firma: 03/08/2017por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 142 bis inc.

    Firmado(ante mi) por: V.I., SECRETARIO DE JUZGADO #27885516#184801998#20170803115035516 1ro., 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro., 144 ter inc. 1ro.

    y 3ro., y 151 del Código Penal; B) Caso de R.E.M.:

    privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 142 bis inc. 1ro., 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro., 144 ter inc. 1ro. y 3ro., del Código Penal; C) Caso de J.C.R.:

    privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 142 bis inc. 1ro., 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro., 144 ter inc. 1ro. y 3ro., del Código Penal; D) Caso de C.A.M.P.:

    allanamiento ilegal del domicilio de M.P., privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art.

    144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro. y 5to., 144 ter inc. 1ro.

    y 3ro., y 151, del Código Penal; E) Caso de C.H.V.:

    detención ilegal, privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro. y 5to., 144 ter inc. 1ro. y 3ro., y 151, del Código Penal; Fecha de firma: 03/08/2017 Firmado(ante mi) por: V.I., SECRETARIO DE JUZGADO #27885516#184801998#20170803115035516 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

    F) Caso de J.C.R.:

    allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 142 bis inc. 1ro., 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro., 144 ter inc. 1ro. y 3ro., y 151, del Código Penal; G) Caso de H.E.A.:

    allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro., 144 ter inc. 1ro. y 3ro., y 151, del Código Penal; H) Caso de J.O.F.:

    privación ilegítima de la libertad y torturas, delitos considerados de lesa humanidad, previstos y reprimidos por los artículos 141, 144 bis inc. 1ro. con la agravante del art. 144 bis último párrafo en función del art. 142 inc. 1ro. y 5to., y 144 ter inc. 1ro. y 3ro., del Código Penal.

  2. - La Dra. M.I.C., querellante en la representación de C.M.R., J.C.R. y J.C.R., mediante escrito obrante a fojas 4943/4977, formuló requerimiento de elevación a juicio considerando que las conductas desplegadas por J.D.M. encuadran en los delitos previstos y penados por los artículos 151, 141, 144 bis inc. 1ro. y 142 bis inc. 1ro., 5to. y 6to., art. 144 ter. incs. 1ro. y 3ro., y art. 210, todos del Código Penal en concurso real. En calidad de autor y considerando todos los delitos de lesa humanidad.

    Fecha de firma: 03/08/2017 Firmado(ante mi) por: V.I., SECRETARIO DE JUZGADO #27885516#184801998#20170803115035516 Concluida la lectura de la requisitoria de elevación a juicio F. e incorporada por lectura el de la querella, y habiendo manifestado el imputado haber comprendido los hechos que se les imputan, se declaró abierto el debate y se le preguntó a las partes si deseaban plantear cuestiones preliminares.

    1. CUESTIONES PRELIMINARES.

    Abierto el debate y de conformidad con lo prescripto en el artículo 376 del código de rito no se plantearon cuestiones preliminares, tal como consta en el acta de debate y a la que este Tribunal se remite.

    El Ministerio Público F. solicitó la incorporación por lectura de las declaraciones testimoniales de V.A.B., M.G.F., J.G., C.A.M.P., J.C.R., V. y S.. Pedido al cual la presidencia hizo lugar, sin objeción de la defensa.

SEGUNDO

DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO.

En virtud de lo normado en el artículo 378 del Código Procesal Penal de la Nación, luego de resolver las cuestiones preliminares, en la audiencia del día 06 de Junio de 2017, el imputado fue interrogado por el Tribunal a fin que manifestara sus datos identificatorios y si deseaba declarar en los términos del artículo 296 y siguientes del Código Procesal Penal de la Nación, optando por hacerlo.

Fecha de firma: 03/08/2017 Firmado(ante mi) por: V.I., SECRETARIO DE JUZGADO #27885516#184801998#20170803115035516 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

El descargo expresado por el nombrado se encuentra en el acta de debate y será analizado al momento de evaluar la responsabilidad que le cupo en los hechos de esta causa.

TERCERO

PRODUCCIÓN DE LA PRUEBA OFRECIDA.

  1. PRUEBA TESTIMONIAL:

    En el transcurso de esta audiencia se han escuchado un total de trece (13) testimonios de las siguientes personas:

    C.M.R., R.E.M., J.C.R., M.E.F., H.E.A., R.E.B., J.G.M.G., E.M.G., S.E.D., J.C.C., E.C., M.V.M., y J.C.C..

    Se hizo uso del sistema de videoconferencia a fin de poder contar con el testimonio en forma directa de la testigo M.E.F., la cual se realizó en la ciudad de C.d.U. (Entre Rios).

    A más de ello, se incorporaron por lectura declaraciones testimoniales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 391 del Código Procesal Penal de la Nación en el proveído de la prueba requerida por las partes y, asimismo, durante el debate.

  2. PRUEBA DOCUMENTAL:

    En audiencia de debate el Tribunal resolvió

    incorporar por lectura la documental que fuera oportunamente solicitada Fecha de firma: 03/08/2017 Firmado(ante mi) por: V.I., SECRETARIO DE JUZGADO #27885516#184801998#20170803115035516 por las partes en los autos de mención, remitiéndonos en honor a la brevedad a lo transcripto en el acta.

  3. INSPECCIÓN JUDICIAL:

    El Tribunal Oral –asistido por la señora Secretaria de Justicia de la Provincia de Entre Ríos-, con la presencia de las partes, se constituyó en la sede de la Policía Federal Argentina, Delegación C.d.U., sita en calle S.M. nro. 596 (Provincia de Entre Ríos), a fin de efectuar la inspección judicial del inmueble de la delegación de la Policía Federal Argentina.

    Así, se realizó la misma en fecha 16 de Junio del corriente año con la presencia de los testigos A.M.P., J.C.R., R.M., y H.A.; labrándose el acta respectiva.

CUARTO

ALEGATOS.

  1. - En primer término, alegó el F. General.

    Comenzó haciendo un análisis del contexto histórico en general y luego contextualizó el momento histórico en el cual acontecieron los hechos de autos, y lo analizó juntamente con las pruebas producidas en este debate, tanto testimonial como documental. Enumeró las pruebas que a su entender dieron por probado los hechos.

    Analizó las figuras penales en juego y, finalmente, formuló acusación pública contra J.D.M. por considerarlo coautor responsable de la comisión de los delitos de allanamiento ilegal (art.

    151 del C.); privación ilegal de la libertad agravada por la imposición de violencia, amenazas y por haber durado más de un mes (art. 144 bis, inciso Fecha de firma: 03/08/2017 Firmado(ante mi) por: V.I., SECRETARIO DE JUZGADO #27885516#184801998#20170803115035516 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

    1. , del C. según ley 14.616, con la agravante del art. 142 incisos 1º y 5º del C.); y aplicación de tormentos agravados por ser aplicados a las víctimas por motivos políticos (arts. 144 ter, primer y segundo párrafo del C., según ley 14.616); todos esos delitos en concurso real y, a su vez, en concurso real con el delito de asociación ilícita (art. 210 del C.), por considerar a M. un integrante de la misma juntamente con los ya condenados en la sentencia “H.J.C.R. y F.C..

    Por todo ello solicitó la aplicación de la pena de veinte (20) años de prisión, más las costas del juicio, debiendo cumplir la pena en una unidad penal.

  2. - Con posterioridad, alegaron en forma conjunta los abogados de la querella en representación de los querellantes víctimas.

    Sostuvieron que en el juicio “H.” no estuvo M. por haber estado prófugo, y se lo condenó a J.R. quien, en su indagatoria, dijo que M. era su jefe y era el encargado de la oficina técnica; el único que faltaba era M.. Continuando con el alegato se avocaron al marco histórico en que se inscriben los hechos ventilados en éste proceso, desarrollando la cuestión del segundo genocidio nacional y...

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