Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Julio de 2017, expediente CCC 027323/2014/TO01

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 27323/2014/TO1 Buenos Aires, 4 de julio de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa nro. 27.323/2014 (nro. interno 5172) del registro de este Tribunal, el pedido formulado por S.A.E.N. a fin de que le sea aplicado el beneficio de la suspensión de juicio a prueba en los términos del art. 76 bis del Código Penal.

Y CONSIDERANDO:

Que a S.A.E.N. se le reprocha su actuación en el hecho que se encuentra descripto en el requerimiento de elevación a juicio de fs. 156/157vta., al cual debo remitirme “brevitatis causae”, y que fuera calificado por el Sr.

Fiscal Correccional, Dr. A.C. como lesiones leves dolosas, por el que la nombrada deberá responder en calidad de autora (arts. 45 y 89 del Código Penal).

Que conforme a lo solicitado por la imputada y en virtud de lo previsto por el artículo 293 del C.P.P.N. se celebró la audiencia de suspensión de juicio a prueba.

En esa oportunidad la defensa de la imputada E.N. refirió que a pedido de su asistida, solicitó se le conceda el beneficio de la suspensión de juicio a prueba, manifestando que estaban dados los requisitos objetivos y subjetivos para la viabilidad del instituto. Expresó así que dadas las características del hecho y la escala penal prevista para el delito imputado a E.N., sumado a la carencia de antecedentes penales, podía Fecha de firma: 04/07/2017 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado(ante mi) por: E.M.L., SECRETARIA #29506562#182486719#20170627154351079 presuponerse que en caso de recaer una eventual condena la misma podría ser dejada en suspenso.

Respecto a sus condiciones personales refirió que se ha desempeñado como camarera hasta hace dos meses y que actualmente está desempleada y a la búsqueda de un nuevo trabajo, además indicó que vive con su padre y su hija de doce años.

Agregó que es su padre quien la ayuda y en cuanto a la reparación del daño dijo que ofrecía la suma de $200, lo cual viene a demostrar la voluntad de su asistida que superar el conflicto.

Finalmente manifestó que se ofrecía a realizar tareas comunitarias en la sede de Caritas más cercana a su domicilio.

Acto seguido fue entrevistada S.A.E.N., quien ratificó en primer lugar lo manifestado por su defensor y brindó sus datos personales, respondiendo preguntas de la Defensora de Menores y del F. General.

Luego de ello, se escuchó a C.M.R., quien refirió que está de acuerdo con el ofrecimiento del...

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