Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Mayo de 2017, expediente CCC 031565/2016/TO01

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 31565/2016/TO1 Buenos Aires, 4 de mayo de 2017.- REGISTRO N° 40 /2017 Y VISTA:

La causa n° 4820 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 30, seguida a M.N.S., de nacionalidad argentina, nacido el 2 de febrero de 1996 en esta ciudad, hijo de Argentina Elizabeth Segundo, de estado civil soltero, titular del D.N.

  1. 39.460.918, con domicilio en la casa 53 de la manzana 2 de la Villa 26 de esta ciudad, P.. Pol. A.G.E. 182.499, en orden al delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro (art. 277 inc. 3º apartado ¨b¨, en función del inc. 1º apartado ¨c¨ del C.P.).

Y RESULTA:

En la presentación que luce a fs. 361/2, la señora A.F., doctora C.T., de la Fiscalía General n° 26, con el consentimiento del imputado M.N.S. en lo que al respecto es requerido por la ley y contando el encartado con la asistencia de la señora Defensora Oficial coadyuvante, doctora N.S., solicitaron la tramitación de estos autos bajo las reglas del juicio abreviado, todo ello según las previsiones del art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

El Tribunal tomó conocimiento “de visu” del imputado quien fue oído en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs. 361vta. por lo que no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia, luego de haberse llamado a autos para sentencia a fs. 362.

PRIMERO

Materialidad del hecho. Prueba.

Que, por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 238/41 el señor F. de Instrucción, doctor J.J.R., imputó a M.N.S. y a W.E.F., quien fuera condenado por el mismo suceso, por sentencia dictada el 22 de noviembre de 2016 el haber adquirido o recibido: ¨…el motovehículo marca ´Betamor´, modelo A., dominio colocado 918-LAX, motor nº BN147QMDE2A00409 y cuadro nº 8BMARS000F1001408, con ánimo de lucro y a sabiendas de su procedencia ilícita.

Que ello fue advertido el día 28 de mayo de 2016, siendo alrededor de las 7.50 horas, por el Cabo 1º F.R.O.A., en ocasión en que cumplía funciones en la puerta de ingreso de la Seccional 28ª de la P.F.A., ubicada en la Avenida Vélez Sarfield 170 de esta Ciudad, cuando notó la presencia de los imputados, desplazando el vehículo antes descripto por la vereda de la arteria antes señalada, en dirección hacia la calle Dr. E.F.; a raíz de ello procedió a solicitarle al individuo que acarreaba la unidad [el imputado M.N.S.]…la documentación relativa a Fecha de firma: 04/05/2017 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28572946#177199370#20170504134906999 aquella, respondiendo el nombrado que carecía de la misma, explicando que la moto era propiedad de su primo (E.S.…y que le había sido sustraída días atrás, habiéndolo encontrado en la intersección de las calles P.E. y Solis de esta ciudad.

En...

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