Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 19 de Abril de 2017, expediente CCC 066594/2016/TO01

Fecha de Resolución19 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 66594/2016/TO1 REGISTRO Nº 27 / 2017 Buenos Aires, 19 de abril de 2017.-

Y VISTA:

La causa nº 4965 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal nº

30, seguida contra L.G. (argentino, nacido el 4 de julio de 1960, titular del documento nacional de identidad n° 14.445.915, hijo de padres desconocidos, Prio Pol RH 204.321, P.R.O., en situación de calle), en orden al delito de robo simple en grado de tentativa en carácter de autor (arts. 42, 45 y 164 del CP).-

Y RESULTA:

En la presentación que luce a fs. 80/1, la señora A.F., doctora C.T., de la Fiscalía General n° 26, con el consentimiento del imputado L.G., en lo que al respecto es requerido por ley y contando el encartado con la asistencia de la Defensora Oficial, doctora M.P., solicitaron se diera curso a un juicio abreviado, todo ello según las previsiones del art. 431 bis del Código Procesal Penal.

El que suscribe tomó conocimiento “de visu” del imputado, quien fue oído en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs. 84 por lo que no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia, luego del llamado de fs. 85.-

Y CONSIDERANDO:

PRIMERO

La materialidad de los hechos y la prueba recopilada en el expediente.

  1. El hecho investigado en la causa n° 4965.

Por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 63/5 el señor F. de Instrucción, imputó a L.G.:

Fecha de firma: 19/04/2017 HECHO.

Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29148973#176395266#20170418124333781 “(…) haber intentado apoderarse ilegítimamente –mediante fuerza en las cosas- de elementos de valor del interior de un local en obra, sito en Av.

Santa Fe 3599 (Av Santa Fe y A.) de esta ciudad. En efecto, siendo aproximadamente las 13.30 horas del día domingo 06 de noviembre de 2016, el C.L.R.S. escuchó una modulación del Departamento Federal de Emergencias, que informaba acerca de la presencia de una persona extraña en el interior de un comercio. Ante ello, se dirigió a la intersección de las arterias Santa Fe y A. de esta ciudad, en donde se emplaza un local comercial que e encuentra en obra; el cual presentaba una placa de durlock violentada. En ese momento, egresó desde dicha abertura un masculino que llevaba una bolsa color verde. Por ese motivo, le dio la voz de alto y le ordenó que dejara dicha bolsa en el piso, todo lo cual fue acatado por el imputado. Tras ello, procedió a identificar al sujeto, quien dijo ser L.G.. En ese instante, se hizo presente L.E.A., quien manifestó ser empleado en dicha obra de construcción, y dijo no conocer al demorado, indicando que aquel no trabajaba en el lugar. Fue entonces que se procedió a la formal detención de L.G., y al secuestro de los elementos que se encontraban en la bolsa de color verde, tratándose de: un destornillador a batería, un juego de batería, un martillo de carpintería y una cuchara de albañilería. Allí también se hizo presente J.D.A., otro empleado de la obra de construcción, quien reconoció los elementos secuestrados como propios”.-

  1. La prueba agregada en autos y la situación de los imputados.

La materialidad del hecho y la autoría responsable de L.G. se encuentran debidamente acreditadas por la prueba recolectada en el proceso, la que conforma un compacto panorama acusatorio a su respecto.

Dentro de este contexto, se destaca lo declarado por el C.L.R.S. (fs 1), quien indicó que el día 6 de noviembre de 2016 a las 13:30 horas se encontraba cumpliendo funciones en la Av Santa Fe y S.O. y escuchó una modulación del Departamento Federal de Emergencias que Fecha de firma: 19/04/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29148973#176395266#20170418124333781 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 66594/2016/TO1 informaba sobre una persona extraña en un local ubicado en la Av Santa Fe y A.. Que al estar a unos cien metros de allí decidió apersonarse y noto que se trataba de un lugar que se encontraba en obra y, sobre la calle A., había una placa de durlock que se encontraba violentada. Advirtió que un masculino egresaba del lugar a través de dicha...

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