Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 8 de Febrero de 2017, expediente CCC 072788/2016/TO01

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 72788/2016/TO1 REGISTRO N° /2017 Buenos Aires, 8 de febrero de 2017.

Y VISTOS:

Para dictar los fundamentos del veredicto firmado el primer día de febrero de 2017, en esta causa n° 4987, seguida a H.E.M. – de nacionalidad argentina, titular de DNI n° 39.514.660, sin sobrenombres ni apodos, soltero, nacido el 26 de abril de 1994 en esta ciudad, hijo de A.L.M. y M.M.P., con domicilio en la calle Q., manzana 6, casa 289, Barrio Obrero, V.A., Lomas de Z., actualmente detenido en el C.P.F. I, no consta P.. Pol., P.. de Reincidencia O2998533 seguida en orden al delito de robo simple (arts. 45 y 164 del CP).

Intervinieron en el debate, en representación del Ministerio Público, la señora F. doctora G.G.C. y a cargo de la defensa del imputado H.E.M. la Sra. Defensora Oficial doctora M.P..

Y CONSIDERANDO:

  1. El requerimiento de elevación a juicio Obra a fs. 95 de la causa, y se transcribe textualmente: “Se tiene por probado que H.E.M. y E.A.R., el día 2 de diciembre de 2016, aproximadamente a las 02:20 horas, sustrajeron el motovehículo marca Yamaha, modelo C., color negro y rojo, dominio 385- SQQ, el cual llevaban caminando por la mano izquierda de la Av. Boedo y su intersección con la calle Tarija, de esta Ciudad, quienes al percatarse de la presencia de personal policial dejaron la moto en la vía pública y se dieron a la fuga, continuando con su marcha en dirección hacia la Av. P., donde luego de unos cincuenta metros, más precisamente frente al nro, 1327 de la arteria aludida, fueron detenidos por el personal preventor.

    Fecha de firma: 08/02/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #29267542#171284596#20170208123419785 Fue así que ante la presencia de los testigos convocados al efecto se procedió a la detención de los nombrados y al secuestro de una mochila que llevaba R. de lona color azul y celeste, la cual contenía en su interior, los siguientes elementos: una cuchara de metal de albañil; un destornillador con mango amarillo y negro; una tenaza de metal; un martillo con mango de madera; una sierra de metal con mango amarillo con inscripción el Abuelo; un frente plástico con la inscripción Yamaha, parte del motovehículo involucrado; una cadena de metal con respectivo candado; un cuchillo de metal con mango con inscripción Tramontina.

    Cabe señalar que, luego de ello se procedió al secuestro de la moto en cuestión la cual presentaba daños en su parte delantera, en el traba volante y el tambor de arranque, el cual tenía los cables desconectados salidos hacia afuera.”

    El señor A.F. calificó el hechos descripto como constitutivo del delito de robo simple del que el imputado M. debería responder como coautor.

  2. La declaración de H.E.M.I. en los términos del art. 378 del C.P.P.N., el imputado admitió

    su responsabilidad en el hecho que se le imputara, el que ocurrió según fuera descripto en el requerimiento de elevación a juicio que acababa de escuchar. Agregó

    además que estaba arrepentido de su conducta.

  3. La prueba testimonial recibida durante el juicio A propuesta de la Fiscalía, ante el reconocimiento liso y llano efectuado por el imputado, con el consentimiento expreso de la defensa se incorporaron por lectura las siguientes declaraciones:

    1) El agente P.E.R. declaró según consta a fs. 1/2, el día 2 de diciembre de 2016. Explicó que ese día siendo las 2.10 horas, recorriendo en vigilancia general por la calle Tarija en su intersección con la Avenida Boedo, observó

    a dos hombres que llevaban una moto manualmente quienes se dieron a la fuga al advertir la presencia policial, comenzando el declarante su persecución alcanzándolos Fecha de firma: 08/02/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #29267542#171284596#20170208123419785 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 72788/2016/TO1 en la calle P. a la altura del 1327 y reduciéndolos.

    Aclaró que revisada el interior de una mochila que llevaba uno los aprehendidos, en presencia de dos testigos, encontraron una cuchara de metal de albañil, un destornillador, una tenaza de metal, una sierra de metal, partes del motovehículo con la inscripción Yamaha, una cadena de metal con su candado y un cuchillo de metal con mango negro, procediéndose al correspondiente secuestro.

    Se secuestró también el rodado, que resultó ser una Yamaha Cripton 110, color rojo y negro con dominio 385-SQQ, que se...

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