Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 2 de Febrero de 2017, expediente CCC 059000/2015/TO01

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 59000/2015/TO1 ñor Juez:

Informo a S.E. que en la fecha estableció comunicación telefónica con el Tribunal Oral en lo Criminal N° 17, siendo informado por el jefe de despacho J.C. que la causa n° 4850 seguida a G.L., la cual se iniciara el 17 de febrero de 2015 y fuera elevada a su respecto en orden al delito de robo con armas (art. 166, inc. 2° del C.P.), se encuentra en trámite.-

Es todo cuanto informo, 2 de febrero de 2017.-

Buenos Aires, 2 de febrero de 2017.-

Tiénese presente lo informado precedentemente por el Actuario y pasen los autos a despacho.-

G.E.F. JUEZ DE CÁMARA Ante mí:

J.M.A. SECRETARIO DE CAMARA Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #27656583#170467858#20170202095306672 Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #27656583#170467858#20170202095306672 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 59000/2015/TO1 Buenos Aires, 2 de febrero de 2017.-

Y VISTA:

La causa n° 4617 seguida a G.L. y otro s/robo con efracción en grado de tentativa, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal N° 30; Y CONSIDERANDO:

Que en la presente causa n° 4617 se requirió la elevación a juicio respecto de G.L. robo con efracción en grado de tentativa (fs.

116/118).-

Que por ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 17, tramita la causa n° 4850 seguida a G.L., iniciada el 17 de febrero de 2015 y en la cual se requirió la elevación a juicio a su respecto en orden al delito de robo con armas, la cual se encuentra en trámite (ver informe actuarial que antecede).-

De manera que de lo expuesto precedentemente, se advierte que en el caso se verifica la situación de conexión prevista en el art. 41 inc. 3° del C.P.P.N., siendo el Tribunal competente para entender en la presente el Tribunal Oral en lo Criminal N° 17 en virtud de lo dispuesto en el art. 42 inc. 1° del C.P.P.N., toda vez que resulta mas gravosa la calificación del delito reprochado en las actuaciones que tramitan ante dicho Tribunal.-

En virtud de ello, corresponderá anotar al detenido a la orden del Tribunal Oral en lo Criminal N° 17, cesando toda anotación para éste Tribunal; y librar los oficios respectivos a la Policía Federal Argentina y al Registro Nacional de Reincidencia a efectos que la rebeldía y la captura dispuestas respecto del consorte de causa B.D.A. queden anotadas a la orden de dicho Tribunal.-

Por todo ello y...

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