Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA, 22 de Diciembre de 2016, expediente FCB 091008003/2012/TO01

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 91008003/2012/TO1 Córdoba, veintidós de diciembre del dos mil dieciséis.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “CORDOBA, F.E. p.s.a. infr. Ley 23.737 (Art. 5 inc.

  1. Expte. n° FBC 91008003/2012/TO1” que se tramitan ante este Tribunal en lo Criminal Federal N° 1 de Córdoba, integrado por los señores Jueces de Cámara Dres. J.F., J.D.G. y JOSE VICENTE MUSCARA, actuando como F. General el Dr.

M.H. y el señor Defensor Oficial del Tribunal, Dr. R.A., en representación del imputado F.E.C., cuyas condiciones personales son las siguientes: Argentino, D.N.

  1. n° 31.097.672, nacido en Córdoba capital, el día 8 de octubre de 1984, de estado civil soltero, de ocupación albañil, hijo de R.B.A. y de F.R.C., domiciliado en calle México n°

871 de Barrio Latinoamérica de la ciudad de J.M., provincia de Córdoba; a quien la requisitoria fiscal obrante a fs. 211/18, le atribuye la comisión de los siguientes hechos:“PRIMER HECHO: El día 21 de abril del 2011, momentos antes de las 20:50 horas, el encartado F.E.C. se encontraba en una despensa ubicada en calle Uruguay a metros de su domicilio sito en calle México n° 871 de barrio Latinoamérica de la ciudad de J.M., provincia de Córdoba, oportunidad en que recibe una llamada en su celular, tras la cual se dirige hacia su domicilio y al ingresar al mismo pasan frente a éste dos sujetos a bordo de una motocicleta tipo econo biz color negra que tocan bocina y siguen hasta la plaza Latinoamérica donde estacionan, y momentos después el investigado llega también a la misma plaza y se entrevista con el conductor de la motocicleta, con quien realiza los movimientos propios de la compraventa de estupefacientes. De tal manera, el justiciable C. le vendió a quien luego fuera identificado como S.F. de firma: 22/12/2016 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAMON LUCIO (H) CORNET, SECRETARIO DE CAMARA #15989142#169579662#20161222083217960 E.B. tres envoltorios de nylon color blanco termosellados conteniendo dos de ellos 0,80 gramos y el otro 0,95 gramos de picadura de marihuana, con un peso total de 2,55 gramos de dicha especie vegetal, y por un precio que no ha sido establecido hasta el presente. Se toma conocimiento del hecho narrado a raíz de una denuncia telefónica anónima receptada con fecha 4 de abril del 2011 en la Subdelegación Centro Norte de la Dirección Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Córdoba, dando cuenta que en calle México de barrio Latinoamérica de la ciudad de J.M., reside una persona de sexo masculino apodado “el chino C.” que aparentemente comercializa estupefacientes. Que es comisionado para la investigación el agente E.M.C., adscripto al personal de dicha subdelegación, quien se hace presente en el lugar denunciado constatando la existencia del domicilio denunciado en calle México n°

871 entre calles Uruguay y Cuba, a pocos metros de la plaza Latinoamérica; que en el lugar efectivamente vive F.E.C. junto a su padre, que el denunciado no tendría empleo, y que se observó al mismo en numerosas ocasiones realizando posibles hechos de comercio de estupefacientes en la mencionada plaza o bien en la esquina de las calles Uruguay y México, que algunos posibles clientes lo llaman por celular o bien pasan por su domicilio y tocan bocina o golpean la puerta para luego entrevistarse en los lugares antes señalados. Así, en la fecha del hecho siendo aproximadamente las 20:50 horas, el agente C. pudo observar el presunto hecho de comercio de estupefacientes antes narrado, novedad que es comunicada vía radial al personal de apoyo, oficial Santander, para que controlara a los posibles compradores, tomando luego conocimiento por la misma vía que dicho control se efectuó en la intersección de la Ruta 9 Norte y calle Santa Fe de barrio La Florida de la ciudad de J.M., logrando secuestrar en Fecha de firma: 22/12/2016 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAMON LUCIO (H) CORNET, SECRETARIO DE CAMARA #15989142#169579662#20161222083217960 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 91008003/2012/TO1 poder de quien fuera identificado como S.E.B. tres envoltorios de nylon conteniendo cada uno aproximadamente dos gramos de una sustancia compatible con la picadura de marihuana, y al apersonarse en el lugar pudo constatar que se trataban de los mismos sujetos que momentos antes se entrevistaran con el investigado C.. SEGUNDO HECHO: El día 30 de abril del 2011 minutos antes de las 17:40 horas, el encartado F.E.C. sale de su domicilio sito en calle México n° 871 de barrio Latinoamérica de la ciudad de J.M., Provincia de C., y se dirige hacia un automóvil Fiat 147 color blanco dominio TBU 316 que se encontraba estacionado en la esquina de calles Uruguay y México, y se entrevista con el conductor, con quien realiza los movimientos propios de la compraventa de estupefacientes. De tal manera, el justiciable C. le vendió a quien luego fuera identificado como L.G.A. un envoltorio de nylon color blanco conteniendo 0,75 gramos de picadura de marihuana y por un precio que no ha sido establecido hasta el presente. Se toma conocimiento del hecho narrado a raíz de una denuncia telefónica receptada con fecha 4 d abril del 2011 en la subdelegación Centro Norte de la Dirección Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Córdoba, dando cuenta que en calle México de barrio Latinoamérica de la ciudad de J.M., reside una persona de sexo masculino apodado el “chino C.” que aparentemente comercializa estupefacientes. Que es comisionado para la investigación el agente E.M.C., adscripto al personal de dicha Subdelegación, quien se hace presente en el lugar denunciado constatando la existencia del domicilio denunciado en calle México n°

871 entre calles Uruguay y Cuba, a pocos metros de la plaza Latinoamérica; que en el lugar efectivamente vive F.E.C. junto a su padre; que el denunciado no tendría empleo, y que se observó al Fecha de firma: 22/12/2016 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAMON LUCIO (H) CORNET, SECRETARIO DE CAMARA #15989142#169579662#20161222083217960 mismo en numerosas ocasiones realizando posibles hechos de comercio de estupefacientes en la mencionada plaza o bien en la esquina de las calles Uruguay y México; que algunos posibles clientes lo llaman por celular o bien pasan por su domicilio y tocan bocina o golpean la puerta, para luego entrevistarse en los lugares señalados. Así, en la fecha del hecho el agente C. se instaló en las inmediaciones del domicilio investigado contando con la orden de allanamiento del mismo, y siendo aproximadamente las 17:20 horas pudo observar el presunto hecho de comercio vía radial al personal de apoyo, oficial Santander para que controlara a los posibles compradores, tomando luego conocimiento por la misma que dicho control se efectúo en la intersección de las calles Dos y Cuarenta de la ciudad de Colonia Caroya, provincia de Córdoba, logrando secuestrar en poder de quien fuera identificado como L.G.A. un envoltorio de nylon conteniendo aproximadamente dos gramos de una sustancia compatible con la picadura de marihuana, que el mismo habría comprado minutos antes al investigado C.. TERCER HECHO: El día 30 de abril del 2011 siendo las 17:50 horas, el encartado F.E.C. se encontraba en su domicilio sito en calle México n°

871, visible entre calles Cuba y Uruguay del barrio Latinoamérica de la ciudad de J.M., provincia de Córdoba –vivienda realizada en materiales tradicionales, del tipo IPV pintado su frente de color blanco con dos ventanas en su frente de chapa color marrón, y en esos momentos tenía bajo su ámbito de custodia, y con la finalidad de su posterior comercialización, los elementos que a continuación se detallan: a) Una bolsa de nylon color blanco con la inscripción “Farmacia Esencia” que alojaba veintinueve (29) envoltorios de nylon –doce de ellos transparentes y diecisiete color blanco con detalles azules-

conteniendo entre 0,70 gramos y 1,35 gramos de Fecha de firma: 22/12/2016 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAMON LUCIO (H) CORNET, SECRETARIO DE CAMARA #15989142#169579662#20161222083217960 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 91008003/2012/TO1 picadura de marihuana, con un peso total de 27,85 gramos de dicha especie vegetal; y una bolsa de nylon transparente que a su vez alojaba otra bolsa de nylon transparente conteniendo 85,60 gramos de la misma sustancia vegetal, la que se encontraba dentro de una mochila de tela color negra ubicada en un ropero de la primera habitación; y b) Demás elementos relacionados con el tráfico de estupefacientes, tales como una licuadora “Electrolux” color blanca y vaso transparente color verde con restos y fuerte olor a marihuana, una juguera color gris con fuerte olor a a marihuana, varios recortes de nylon de distintos colores y un trozo de cinta de acetato color marrón con restos de marihuana y dinero en efectivo. Dicho material fue secuestrado por el oficial subinspector G.O.M., adscripto al personal de la Subdelegación Centro Norte de la dirección Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Córdoba y en presencia de los testigos civiles S.M.L. y L.M.G.M., en oportunidad de dar cumplimiento a la orden de allanamiento librada en contra del domicilio investigado.”

Y CONSIDERANDO:

Radicada la causa en este Tribunal y estando en condiciones de materializarse la audiencia de debate, comparece el señor F. General y acompaña el acuerdo celebrado...

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