Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL, 13 de Diciembre de 2016, expediente CCC 072804/2016/TO01
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 72804/2016/TO1 Buenos Aires, 13 de diciembre de 2016.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en la causa N° 5153 del Tribunal Oral en lo Criminal N° 23, elevada a juicio por el delito de robo en grado de tentativa, respecto de J.L.A. o J.P.N., DNI 37.788.477, argentino, nacido el 26 de febrero de 1994 en Ciudad Evita, L., provincia de Buenos Aires, hijo de J. y de M.M.A., soltero, desempleado, sin domicilio, identificado con prontuarios serie R.H. 302.789 de la Policía Federal Argentina, y N° 3.484.720 del Registro Nacional de Reincidencia, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I.
Intervienen en el proceso representando a Ministerio Público Fiscal, el F. General F.C., y en la defensa del imputado, el Defensor Oficial H.D.S..
Y CONSIDERANDO:
Fecha de firma: 13/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.D., SECRETARIO AD HOC #29206499#168833911#20161213112154328
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El representante del ministerio público requirió la elevación a juicio respecto de J.L.A. o P.J.N. (fs. 52/53) en los siguientes términos:
[…] Al epigrafiado precedentemente se le imputa el suceso
acaecido el 2 de diciembre de 2016, siendo las 13.00 horas, en la
Avenida Rivadavia y su intersección con la calle Y. de esta ciudad,
consistente en haber intentado sustraer dinero a A., en
momentos en que aquella se encontraba caminando por la arteria
precitada y fue abordada por el aquí imputado, quien le manifestó ‘No
tengo arma, pero si no me das la plata, te cago a trompadas’, ante dicha
situación la víctima le refirió que no tenía dinero y se retiró corriendo del
lugar, siendo que el masculino comenzó a seguirla e insultarla.
En dicho momento la damnificada tomó contacto con el
personal policial, a quien puso en conocimiento del hecho y sindicó
como autor al prevenido Nieto, que se identificó como J.
[…].
El F. calificó la conducta descripta como robo en grado de tentativa, y entendió que el imputado había intervenido en ella en calidad de autor.
A fs. 54/55 el A.F. solicitó que se imponga a la causa el procedimiento abreviado introducido por la ley 24.825, para lo cual acompañó
Fecha de firma: 13/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.D., SECRETARIO AD HOC #29206499#168833911#20161213112154328 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 72804/2016/TO1 el acta del acuerdo dispuesto por el inc. 2° del art.
431 bis C.P.P.N.
Según surge del acta, el F. recibió en audiencia al imputado que compareció asistido por su abogada defensora, y en ella se le leyó el requerimiento de elevación a juicio y se le hizo saber que requería que se lo condene a la pena de seis meses de prisión, en orden al delito de robo en grado de tentativa. Asimismo, que se impusiera al acusado la pena única de tres años y tres meses de prisión, accesorias legales y costas, comprensiva de la pedida en este proceso y de la pena única de tres años y un mes de prisión, accesorias legales y costas, impuesta a Aván en la causa N° 4800 del Tribunal Oral en lo Criminal N° 7; que se revoque la libertad condicional otorgada y se lo declare reincidente. El imputado y su defensa prestaron expresa conformidad con los términos de la propuesta del Fiscal.
Ante esta presentación el Presidente del Tribunal tomó conocimiento de visu del acusado y en Fecha de firma: 13/12/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.D., SECRETARIO AD HOC...
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