Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA, 1 de Diciembre de 2016, expediente FCB 091016810/2006/TO01

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 Córdoba, 30 de Noviembre de dos mil dieciséis.-

Y VISTO:

Los presentes autos caratulados: “LAZA OSCAR JUAN p.s.a.

INFRACCION ART. 296 EN FUNCION DEL 292, 2° PARRAFO, DEL C.P.

llegados a Despacho para resolver; Y CONSIDERANDO:

I) Que conforme surge del requerimiento fiscal de elevación de la causa a juicio (fs.111), al encartado O.J.L. se le atribuye la comisión del delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTO PUBLICO DESTINADO A ACREDITAR LA HABILITACION PARA CIRCULAR DE VEHICULOS AUTOMOTORES -Arts. 296 en función del 292, 2° párrafo, del C.P.-.

II) Que así las cosas y analizadas las actuaciones, se advierte que desde el día 21 de Febrero de 2007, fecha en que se decretara la citación a juicio (fs. 123)

antecedente que constituye la última causal con entidad suficiente como para ser considerada interruptiva de la prescripción a la luz de la nueva normativa aplicable - hasta el día de la fecha, transcurrió en exceso el tiempo máximo de la escala penal correspondiente al delito enrostrado. A ello ha de agregarse la ausencia de antecedentes penales posteriores con alcance interruptivo, conforme surge de lo informado por el Registro Nacional de Reincidencia a fs. 164/169.

III) En consecuencia, y de acuerdo a lo establecido en los Arts. 59 inc. 3°,62 inc. 2° y 67 párrafo “a contrario sensu” del Código Penal; Arts. 334, 335, 336 inc.

  1. , y 361 del C.P.P.N., resulta procedente declarar extinguida la acción penal y, en consecuencia, sobreseer a O.J.L., en orden al delito por el cual fuera requerida la elevación de la causa a juicio en su contra.

    Por lo expuesto y de acuerdo al dictamen del señor F. General; SE

    RESUELVE:

    DECLARAR extinguida la acción penal por prescripción a favor de O.J.L. ya filiado en autos, y consecuentemente, disponer su sobreseimiento en orden al delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTO PUBLICO DESTINADO A ACREDITAR LA Fecha de firma: 01/12/2016 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAMON LUCIO (H) CORNET, SECRETARIO DE CAMARA #19707430#167587895#20161201133338828 HABILITACION...

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