Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Septiembre de 2016, expediente CCC 057438/2015/TO01
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 57438/2015/TO1 TOC 1 c. 5238 (57.438/2015)
LEDESMA, M. s/ juicio abreviado nos Aires, 5 de septiembre de 2016.
Y VISTA:
La presente causa n° 5238 (57438/2015) seguida ante
este Tribunal Oral en lo Criminal n° 1 de Capital Federal, integrado
por los D., en su carácter de P.,
y los vocales A. y M. Vázquez Acuña, por el
delito de robo en grado de tentativa, seguida contra MIGUEL
ANGEL LEDESMA, argentino, titular del DNI 32.519.872, nacido el
22 de agosto de 1986 en Libertador General San Martín, Provincia de
Jujuy, hijo de A., identificado en la Policial
Federal Argentina en el legajo TM 52.519 y con el expediente
O2776459 del Registro Nacional de Reincidencia. Intervienen en el
proceso la Sra. Fiscal Dra. M. Cuñarro y la Defensora Oficial
ad hoc, Dra. M. de la cual; RESULTA:
Que el Señor Fiscal, en el requerimiento de fs. 111/12vta.
imputó a M. el delito de robo simple en grado de
tentativa, en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal).
A fs. 181/vta. la F. General, Dra. M. Cuñarro
solicitó que se imprima a este proceso la vía abreviada regulada por el
artículo 431 bis, acompañando el acta de acuerdo, de conformidad con
lo que dispone el inciso 2° del artículo mencionado. Como se
desprende del mismo, el acusado y su defensora pactaron proseguir
este proceso mediante el trámite de juicio abreviado, aceptando tanto
la realidad fáctica del hecho imputado en el requerimiento de
Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27688837#161399523#20160906151246289 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 57438/2015/TO1 elevación, como la intervención del procesado y el juicio de tipicidad
emitido por la Señora Fiscal General, esto es, robo simple en grado de
tentativa, en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal).
Asimismo, la Señora Fiscal solicitó que se condene al
nombrado L. a la pena de un año de prisión de efectivo
cumplimiento y costas, debiéndoselo declarar reincidente (arts. 29
inciso 3°, 40, 41, 42, 45, 50 y 164 del Código Penal y 530 y 531 del
CPPN), lo que fue aceptado por el imputado junto a su letrada
defensora.
Cabe señalar que el imputado, asistido por la Dra.
M., reconoció su participación en el hecho que motivó
el presente proceso y manifestó su conformidad respecto de la
calificación legal propuesta y la pena solicitada por la Sra. Fiscal
General, firmando el acta las personas referidas.
Oportunamente compareció el acusado a los efectos de lo
dispuesto por el art. 41, inciso 2°, del Código de fondo y 431 bis,
apartado 3°, del Código Procesal Penal. Durante la audiencia se le
exhibió el acuerdo obrante a fs. 181/vta. y ante preguntas manifestó
haber sido informado respecto de la naturaleza y efectos de éste y que
hubo prestado libremente su consentimiento, por lo que la presente
causa quedó en condiciones de ser resuelta.
Y CONSIDERANDO:
I. Hecho:
Las probanzas reunidas durante el sumario permiten tener
por acreditado que el 28 de septiembre de 2015, pasadas las 17.15,
sobre Avenida Las Heras a pocos metros de su intersección con
Laprida, M. Á. L. intentó apoderarse del celular
Blackberry
, modelo 9270, color blanco con funda de silicona roja,
propiedad de F..
Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27688837#161399523#20160906151246289 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 57438/2015/TO1 En esas circunstancias, mientras F. junto a su
esposo M., observaban la vidriera de una tienda de ropa
sobre la referida Avenida, fueron sorprendidos por el imputado quien
de un manotazo intentó arrebatarle el celular que la nombrada llevaba
en su mano, pero no lo logró ya que ésta lo sujetó rápidamente y lo
guardó. Fue así que su esposo empujó al encausado para protegerla y
éste los insultó y amenazó haciendo ademán de sacar un arma de
fuego.
Acto seguido los damnificados se retiraron a pie por
Avenida Las Heras, hacia Avenida Pueyrredón, mientras que L.
escapó en sentido opuesto. Fue así que los damnificados dieron aviso
de lo ocurrido al A. de la Seccional 53ª.de la
P.F.A. que se encontraba en la intersección de aquellas avenidas. Que
junto al preventor fueron tras el imputado a quien encontraron en la
esquina de Avenida Las Heras y T..
Finalmente el A. le dio la voz de alto, pero
L. intentó escaparse por lo que se trabaron en lucha hasta que
arribó al lugar el C., quien puesto en conocimiento de
lo que sucedía por vecinos, se acercó y colaboró con la detención de
M..
II. Valoración Probatoria:
Los Dres. Salas y H. dijeron:
Dicha actividad se encuentra corroborada en primer
término por el testimonio de la damnificada, F. (fs. 8 y
38/9), quien señaló que ese día siendo aproximadamente las 17.15
mientras estaba junto a su marido, M., en
Avenida Las Heras entre A. y Laprida, mirando una vidriera, a la
vez que sostenía en la mano su celular “B.” de color blanco
con funda roja, ya que quería efectuar una llamada telefónica, se
Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27688837#161399523#20160906151246289 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 57438/2015/TO1 acercó un hombre de tez morena, cabello corto, color negro, que
vestía pantalón de jean y campera gris, el cual intentó arrebatarle de
su mano, el teléfono. Que este sujeto no logró su cometido ya que la
dicente rápidamente retrajo la mano con que lo sostenía hasta su
pecho. Que atento ello su pareja empujó al masculino quien reaccionó
de manera agresiva, insultándola e invitando a su pareja a pelear. Que
la dicente impidió que comenzaran a pelear y se retiraron junto a su
pareja por Avenida Las Heras en dirección a Avenida Pueyrredón. Que
en dicha intersección se encontraron con un efectivo policial al cual le
refirieron lo sucedido y le indicaron que probablemente el autor esté
en las inmediaciones el Hospital Rivadavia por lo que los tres se
dirigieron en esa dirección. Que efectivamente en la intersección de
Avenida Las Heras y T. vieron como el sujeto molestaba a los
transeúntes, como así también intentó golpear a la dicente y al
personal policía hasta que arribó al lugar un móvil policial por lo que
los efectivos procedieron a la detención del imputado.
Asimismo se cuenta con la declaración de la pareja de la
damnificada, M. (fs. 11 y 45) quien relató
que el día del hecho, siendo aproximadamente las 17.15 se encontraba
con su pareja mirando una vidriera de un local de ropa en Avenida Las
Heras a pocos metros de su intersección con Laprida, cuando en un
momento determinado una persona del sexo masculino, de
aproximadamente 1.70 metros de altura, de contextura robusta, tez
morocha, cabello corto oscuro, se acercó a su pareja y de un manotazo
quiso arrebatarle el teléfono celular que ésta tenía en la mano. Que no
pudo concretar su cometido ya que su mujer reaccionó rápidamente y
escondió el celular. Que ante ello, empujó al sujeto a fin de proteger a
su pareja y éste reaccionó insultándolos al mismo tiempo que los
amenazaba con esgrimir un arma de fuego. Que a fin de evitar
mayores agresiones, el dicente se retiró del lugar junto a su pareja y
caminaron por Avenida Las Heras en dirección a Avenida Pueyrredón.
Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27688837#161399523#20160906151246289 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 57438/2015/TO1 Que en la referida intersección advirtieron la presencia de un efectivo
policial a quien dieron aviso de lo sucedido y se dirigieron los tres
hacia la zona del Hospital Rivadavia donde observaron que el sujeto
se encontraba allí en Avenida Las Heras y T.. Que cuando el
agente policial intentó identificarlo, éste comenzó a insultarlos y
empezó a correr en dirección a T. hasta que a escasos metros
lograron detenerlo juntamente con el personal que descendió de un
móvil policial que estaba en las inmediaciones.
Por su parte, el Agenta Franco Mariani (fs. 4/vta.) declaró
que se encontraba cumpliendo funciones de vigilancia en la
intersección de Avenida Las Heras y Avenida Pueyrredón cuando una
pareja, conformada por un hombre y una mujer, le solicitó su ayuda ya
que le refirieron que a cien metros de ese lugar aproximadamente,
había un sujeto del sexo masculino, de contextura delgada, tez morena,
cabello corto de color negro vistiendo pantalón de jean y campera
gris, que había intentado arrebatarle el teléfono celular a la mujer. Que
atento ello fueron en la dirección referida por la pareja, desplazándose
por Avenida Las Heras y al llegar a la intersección con T., los
damnificados reconocieron al hombre quien caminaba a paso ligero.
Que al intentar el declarante detenerlo forcejearon hasta que arribó un
móvil policial que colaboró con la detención de quien resultó ser
M..
El plexo probatorio se completa con la declaración del
C. (fs. 1/vta.) quien colaboró con la detención; el acta
de fs. 3 que da cuenta de la detención de M. el 28
de septiembre de 2015, a las 17.15 en Avenida Las Heras y Tagle; los
mapas de fs. 5, 9, 12; las...
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