Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 1, 23 de Junio de 2016, expediente CCC 071883/2013/TO01

Fecha de Resolución23 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 1 CCC 71883/2013/TO1 Buenos Aires, 23 de junio de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa n° 2.597 (71.883/2013) del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1, caratulada “NÓBILE, J.O. y otra s/falsificación de documento privado, uso de documento adulterado o falso y estafa”.-

Y CONSIDERANDO:

I- Que, de acuerdo con los requerimientos de elevación a juicio de fs. 370/4 y 376/83, en la presente causa se les imputa a J.O.N. y M. de los Ángeles SABOR el “…haberse presentado el día 7 de agosto del año 2012, en una de las oficinas de la inmobiliaria Marvel, situada en la calle M. 3496 de esta Ciudad, de forma conjunta y con una persona hasta la fecha desconocida, a los fines de celebrar un contrato de locación del inmueble, situado en la Av. Callao 2075, piso 4to. de esta Ciudad, con sus propietarias E.A. y M. del Carmen Settis…” siendo que en “…el marco de la operación mencionada, N. y S. en calidad de locatarios presentaron como garantes a una persona quien se hizo pasar por E.Z. para lo cual utilizaron el DNI n° 4.341.118, a nombre de esa mujer (sic)…”, que durante “…el transcurso de la negociación, los imputados presentaron ante la inmobiliaria copia del testimonio B014108709, correspondiente a la escritura del inmueble situado en la Av. Santa Fé

1112/114/122/124, a nombre de Zambelis y una factura de ABL (sic)…”, a efectos “…de acreditar la solvencia de la garantía ofrecida…” y que esa “…conducta, generó

en las hermanas Settis un error, ya que dieron por constituida la garantía requerida y celebraron el contrato de locación que fue suscripto por las cinco personas intervinientes…”, agregando que una vez entregado el inmueble “…Nóbile y Sabor dejaron de abonar desde el mes de mayo de 2013 los alquileres acordados, las expensas comunes, los impuestos de ABL, Fecha de firma: 23/06/2016 Firmado por: O.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.L., SECRETARIO DE CAMARA #28527858#156239337#20160624115953541 y AySA…”, lo que “…causó un perjuicio al patrimonio de las locadoras quienes no pudieron accionar contra la garante presentada, ya que se determinó que había fallecido el día 6 de julio del año 2009, esto es, con antelación a efectuarse la locación…”, de manera tal que “…las locadoras iniciaron juicio por desalojo por falta de pago…” (cfr. requisitoria de fs. 376/83).-

Así las cosas, tanto la querella como el Sr.

Agente F. calificaron la conducta de los imputados como constitutiva del delito de uso ilegítimo de documento nacional de identidad ajeno en concurso ideal con el de estafa (artículos 45, 54 y 172 del Código Penal y art. 33 -inciso “d”- de la ley 20.974).-

II- Que, sin perjuicio de lo expuesto, en oportunidad de realizar el contralor del cumplimiento de las prescripciones de la instrucción conforme lo estipulado...

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