Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Mayo de 2016, expediente CCC 019902/2016/TO01

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 19902/2016/TO1 Buenos Aires, 27 de mayo de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Reunidos los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal n º

27 de la Capital Federal, integrado por los doctores F.M.S., J.H.R., y J. de la FUENTE, con la presencia del señor S.M.C. para dictar sentencia en la causa n° 4873 (19902/16) seguida a Eduardo Alberto DIAZ (DN

  1. 30.585.552, argentino, nacido el 8 de octubre de 1983 en esta ciudad, hijo de L.A. y de F.L., soltero, desempleado, con domicilio en Manzana 1, casa 84 del Barrio Fátima, V.S., de esta ciudad, con prontuario policial serie RH 263.534), por el delito de robo en grado de tentativa, en calidad de autor (arts.

    42 y 164 del C.P.), según el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs.

    67/69-

    El señor J.F.M.S. dijo:

    RESULTA:

  2. ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO.-

    Que de conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expresados en la presentación de fs. 76, el Sr. Fiscal interviniente, doctor G.P. de la Fuente, contando con el consentimiento expreso del imputado en lo que al respecto le es requerido por la ley, y actuando éste con la asistencia letrada de su defensor, doctor G.F., Defensor Oficial a cargo de la Defensoría Oficial n° 6, solicitó la tramitación de las presentes actuaciones bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con las previsiones del art. 431 bis, punto 1, 2° párrafo del C.P.P.N.-

    Que atento a ello, el Tribunal tomó conocimiento del imputado, según surge del acta de fs. 77.-

    En consecuencia, encontrándose reunidos los requisitos objetivos y subjetivos requeridos, corresponde proceder de conformidad con Fecha de firma: 27/05/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28365050#154221784#20160530083650243 lo dispuesto por el art. 431 bis, apartados 3 y 5, del C.P.P.N., y –en consecuencia- dictar sentencia, rigiendo el art. 399 del C.P.P.N.-

  3. REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO.-

    Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio de fs.

    67/69, suscripto por el Dr. E.R.R., a cargo de la Fiscalía de Instrucción nro. 48, se le imputó al encausado: “…el hecho ocurrido el día 5 de abril del corriente, siendo aproximadamente las 7:50 horas aproximadamente, en la intersección de A.M.J. y M.C. de esta ciudad, oportunidad en la que intentó sustraerle las pertenencias a la menor A.A.B. (de 13 años de edad).

    Para ello, en las referidas circunstancias de tiempo y lugar, en momentos en los que la nombrada se encontraba junto su madre R.O.G. caminando, se le aproximó por detrás D. e intentó sustraerle sus pertenencias tomándola desde la espalda, por lo que la niña se escapó, corrió

    hacia su madre y le manifestó “me quiso robar, me quiso robar”.

    Atento a esto, su madre (que había observado todo el acontecimiento) advirtió la presencia de un móvil de Gendarmería Nacional Argentina, por lo que le avisó al C.P.C.C. de lo ocurrido y le indicó la ubicación del autor del hecho. Acto seguido, dicho oficial junto con el C.A.G. y el Gendarme Maráz se acercaron al masculino indicado, situación en que se provocó un forcejeo con éste, logrando reducirlo con la fuerza mínima indispensable, procediéndose a su detención.

    Ante tal circunstancia y como fruto del forcejeo mencionado, el C.G. resultó lesionado en uno de sus dedos de la mano derecho y el Gendarme Maráz presentó una escoriación en su codo derecho”.-

  4. ENUNCIACIÓN DE PRUEBAS Las pruebas que obran en contra del imputado son:

    1) Declaración testimonial del C.P.C. a fs.1/2.

    Fecha de firma: 27/05/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28365050#154221784#20160530083650243 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 19902/2016/TO1 2) Acta de Detención del imputado a fs. 4.

    3) Declaración testimonial de Rosa Ortega Guerreño a fs. 5.

    4) Informe Médico legal del imputado a fs. 8, del que se...

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