Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 10 de Junio de 2016, expediente CCC 013752/2016/TO01

Fecha de Resolución10 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 13752/2016/TO1 Buenos Aires, 10 de junio de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Reunidos los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal n º 27 de la Capital Federal, integrado por los doctores F.M.S., J.H.R., y J. de la FUENTE, con la presencia del señor S.M.C., para dictar sentencia en la causa n° 4853 (13752/16) seguida a S.R.T., (titular del DN

  1. 32.356.223, argentino, nacido el 27 de junio de 1986 en Moreno, Provincia de Buenos Aires, hijo de M.R.T. y de A.V.G., con domicilio en Crucero de la Argentina 1351, de J.C.P., Provincia de Buenos Aires, con expte. ante el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal 02849279), por el delito de robo en grado de tentativa (arts. 42, 45 y 164 del C.P.), según el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 54/56.-

    RESULTA:

    El señor J.F.M.S. dijo:

  2. ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO.-

    Que de conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expresados en la presentación de fs. 86, el Sr. Fiscal interviniente, doctor G.P. de la Fuente, contando con el consentimiento expreso del imputado en lo que al respecto le es requerido por la ley, y actuando éste con la asistencia letrada del Sr. Defensor Oficial, doctor P.O., Defensor Coadyuvante de la Defensoría Oficial nro. 6, solicitó la tramitación de las presentes actuaciones bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con las previsiones del art. 431 bis del C.P.P.N.-

    Que atento a ello, el Tribunal tomó conocimiento “de visu” del procesado S.R.T., según surge del acta de fs. 88.-

    En consecuencia, encontrándose reunidos los requisitos objetivos y subjetivos requeridos, corresponde proceder de conformidad con Fecha de firma: 10/06/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28238856#155447594#20160614100501508 lo dispuesto por el art. 431 bis, apartados 3 y 5, del C.P.P.N., y –en consecuencia- dictar sentencia, rigiendo el art. 399 del C.P.P.N.-

  3. REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO.-

    Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio de fs.

    54/56, suscripto por el Dr. Justo J.R., F. a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 7, se le imputó al encausado el suceso “…ocurrido el pasado 7 de Marzo de 2016, siendo alrededor de las 18.15 horas, consistente en haber intentado apoderarse ilegítimamente de dinero efectivo –el cual ascendía a un poco más de $ 150- propiedad de L.A., de 13 años de edad.

    Para ello y en circunstancia en que el menor caminaba por la Avenida Jujuy y su intersección con A. de esta Ciudad, fue sorprendido por el imputado, quien se acercó y le manifestó que lo iba a cuchillar –sin exhibirle cuchillo alguno- exigiéndole que le entregara su teléfono celular y dinero; que temiendo por su integridad física, L.A. le hizo entrega de su dinero, dándose a la fuga S.R.T. por la avenida mencionada.

    Que instantes después, personal policial que se encontraba en la zona ayudó al menor y tras interiorizarse de lo sucedido, recorrió el lugar logrando dar con el autor del hecho –quien coincidía con la descripción efectuada por A.,- procediendo así a su detención y al secuestro de una bolsa de nylon con medias y la suma de $1223, siendo que el damnificado reconoció a S.R.T. como el auto del hecho.”

  4. ENUNCIACIÓN DE PRUEBAS Las pruebas que obran en contra del imputado son:

    1) Declaración testimonial del Cabo 1ro. D.S. (fs.1/2)

    2) Acta de detención y notificación de derechos (fs. 4)

    3) Acta de secuestro (fs. 5)

    Fecha de firma: 10/06/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28238856#155447594#20160614100501508 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 13752/2016/TO1 4) Declaración testimonial de R.C.C.B. y de J.P.L.V., testigos de lectura de derechos y secuestro de lo sustraído (fs. 6/7).

    5) Plano de lugar (fs. 8)

    6) Declaración testimonial de M.R.A., padre del menor damnificado (fs. 10)

    7) Fotocopias de los billetes secuestrados en poder de S.R.T. (fs. 12/19)

    8) Informes Médicos Legales (fs. 42 de los presentes actuados y fs. 5 del legajo de la personalidad que corre por cuerda).

    9) Vistas fotográficas de fs. 28.

    10) Informe socio-ambiental, y antecedentes obrantes en el legajo de personalidad que corre por cuerda.-

  5. CONFORMIDAD DEL IMPUTADO.

    S.R.T., contando con la asistencia de su defensor, prestó expresa conformidad sobre la existencia del hecho y la intervención que le cupo en el mismo, dejando expresamente asentado en el acuerdo presentado por las partes (fs. 111), que la conducta por él protagonizada, y de la que deberá responder en calidad de autor constituye el delito de robo en grado de tentativa, conforme la conducta descripta en el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 54/56, prestando conformidad a su vez con la calificación legal propuesta en dicho acto por el Señor Fiscal General.-

    Y CONSIDERANDO:

    Que habiendo realizado una reseña de los elementos de prueba incorporados en la presente causa sometida a estudio, pasaré a valorar la misma a la luz de las reglas de la sana crítica racional a los efectos de probar Fecha de firma: 10/06/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA...

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