Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 14 de Septiembre de 2015, expediente FSM 000664/2013/TO01/CFC001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2015
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal Cámara Federal de Casación Penal - Sala I - 664 Principal en Tribunal Oral TO01 -

OJEDA MARIO Y OTRO s/FALSO TESTIMONIO OJEDA MARIO Y OTRO s/FALSO TESTIMONIO Buenos Aires, 10 de septiembre de 2015.

AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que tiene reiteradamente dicho esta Sala que los pronunciamientos dictados por la Cámara Federal de Casación Penal no son susceptibles, como regla, de recurso de reposición o nulificables y sólo son recurribles -en principio- por la vía del recurso extraordinario federal previsto en el artículo 14 de la ley 48 (conf. in re:

V., L.E. s/ recusación

, causa n° 7849, reg. n° 9657, del 24 de octubre de 2006, y su cita, entre muchos otros).

Sentado cuanto precede, es menester señalar que la presentación efectuada carece de virtualidad para excepcionar la indicada doctrina. Y ello es así dado que la providencia que se cuestiona no se refiere, en lo que aquí

interesa, a la observancia de las disposiciones concernientes al nombramiento, capacidad y constitución del juez o tribunal, si no que constituye el acto de anoticiamiento de la integración de la Sala en virtud de lo decidido en la resolución nº 180/2015 del Consejo de la Magistratura y las resoluciones nº 554/15 y 565/15 de esta Cámara Federal de Casación Penal, como asimismo en el incidente 1/2015 de esta Sala, por lo cual resulta ajena a las previsiones contenidas en el art. 167, inc. 1º del C.P.P.N. en el que se sustenta la invalidez peticionada.

Por último, tampoco la acción de nulidad resulta ser el camino adecuado para encauzar el intento de descalifi-

cación de lo dispuesto en las antedichas resoluciones, por lo que el presentante deberá, si lo estima conveniente, ocurrir por la vía pertinente.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

rechazar la instancia de nulidad promovida, sin costas.

Fecha de firma: 14/09/2015 Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE Firmado por: N.F.F., JUEZ...

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