Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 31 de Agosto de 2016, expediente FGR 081000857/2013/0
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 81000857/2013/
Principal en Tribunal Oral 0 - RECURRENTE: MONTECINO, H.I. Y OTROS s/Ley estupefacientes General Roca 31 de agosto de 2016.
AUTOS Y VISTOS:
Las presentes actuaciones caratuladas:
MONTECINO, H.I. Y OTROS S/LEY ESTUPEFACIENTES
, (Expte N° 81000758/2013/TO1), puestos a despacho para resolver la aprobación del cómputo de pena de fs.
6963/6964; y CONSIDERANDO:
-
Que en la presente causa C.M.S. fue condenada a la PENA UNICA de SIETE (7) AÑOS Y CINCO (5) MESES DE PRISIÓN EFECTIVA y multa de mil quinientos pesos ($1.500), por ser considerada coautora penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc.
c
de la ley 23.737, 12, 21, 29 y 45 del C.P., 530, 531 y 533 del C.P.P.N.). Dicha pena, comprende a su vez la impuesta por el Tribunal Oral Federal de Neuquén en la causa nro. 83000805/12, donde se la condenó a la cinco años de prisión y multa de quinientos pesos ($500) por hallarla responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; y así también de la pena impuesta por la Oficina Judicial Penal de la I Circunscripción Judicial de la Provincia de Neuquén (expte.
22555/2014), donde se la condenó a dos años de prisión por el delito de tenencia de arma de guerra.
Fecha de firma: 31/08/2016 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #3264592#160334620#20160902111853035 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 81000857/2013/
A su vez, en el mismo pronunciamiento N.F.R., fue condenado a la PENA UNICA de SEIS (6) AÑOS Y CINCO (5) MESES DE PRISIÓN EFECTIVA y multa de mil quinientos pesos ($1500), tras ser considerado coautor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc.
c
de la ley 23.737, 12, 21, 29 y 45 del C.P., 530, 531 y 533 del C.P.P.N.). En igual sentido que su consorte, la condena comprende a su vez la impuesta por el Tribunal Oral Federal de Neuquén en la causa nro. 83000805/12, donde se lo condenó a cinco años de prisión y multa de quinientos pesos ($500) por delito señalado en el párrafo que antecede.
Que de acuerdo a las constancias en autos, C.M.S. fue detenida el día 28 de septiembre de 2012, hasta el día de la fecha (fs. 1523). A su vez, en el marco de la investigación 83000805/2012 permaneció
detenida desde el desde el 29 de abril de 2010 hasta el 5 de mayo de...
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