Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 1 de Junio de 2023, expediente CAF 047430/2017/CA001
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL
-SALA IV-
Expte. CAF 47430/2017/CA1: “PRINCIC, DARIO CESAR c/ EN-M
DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y
DE SEG”
En Buenos Aires, al 1° de junio de 2023, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos caratulados “PRINCIC, D.C. c/ EN-M DEFENSA-
ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”,
contra la sentencia del 25/11/2022, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:
-
) Que, la señora juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenó al Estado Nacional a incluir en el haber mensual del actor, con carácter de remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el decreto 1305/12 ––y sus modificatorios––. Asimismo, dispuso que se abonaran las diferencias salariales devengadas desde los dos años anteriores a la promoción de la demanda (01°/08/2017; cfr. art. 2562 inc. c del CCCN) y hasta el 30/09/2020 (cfr. decreto 780/20).
Impuso las costas en el orden causado (conf. art. 68, segundo párrafo, del CPCCN).
-
) Que, contra ese pronunciamiento, únicamente el Estado Nacional interpuso recurso de apelación el 28/11/2022, que fue concedido libremente el 30/11/2022. Puestos los autos en la Oficina, expresó sus agravios el 13/12/2022, los que no fueron replicados (v. providencia del 06/02/2023).
-
) Que, las alegaciones planteadas en relación con el decreto 1305/12 y sus modificatorios ––único agravio impetrado ante esta Alzada––, resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala, en la Fecha de firma: 01/06/2023
Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA
causa “C., E.L. y otros c/ E.N. – Min. Defensa – Ejército s/
Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, sentencia del 27/09/2016, a cuyos términos y conclusiones corresponde remitir, a fin de evitar innecesarias reiteraciones.
Resulta de interés destacar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha convalidado el criterio jurídico allí expresado (cfr. CAF
46478/2013/1/RH1, “S., C.E. y otros c/ E.N. – Min. Defensa –
Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, sentencia del 21/05/2019).
En razón de lo...
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