Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 21 de Julio de 2020, expediente FCT 000689/2020
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
FCT 689/2020
Corrientes, veintiuno de julio de dos mil veinte.
Y Vistos: el legajo caratulado “Z., O.O., Solicitante
González Néstor S/Habeas Corpus”, Expte. N° FCT 689/2020/CA1 del
registro de este Tribunal, proveniente del Juzgado Federal de Paso de los
Libres.
Considerando:
Que contra la resolución de fs. 116/119 el representante del, Servicio
Penitenciario Federal promueve recurso de casación a fs. 138/150 vta., con
arreglo al art. 456 –inc. 1º y concs. del CPPN.
Se agravia en cuanto, se han alegado vicio in iudicandio e in
procediendo que afectan lo resulto, por no haberse observado la ley sustantiva
y normas adjetivas que se indicaran, establecidas bajo pena de nulidad.
En otro orden, se agravia de que se denunció la existencia de
cuestiones constitucionales como la arbitrariedad y violación a los preceptos
constitucionales que obligan de acuerdo al a jurisprudencia de la CSJN a su
análisis previo por parte de la Cámara Federal de Casación Penal.
Peticiona el cese de esta cuestión, ya que alega que la resolución de
este Tribunal, confirma un fallo que adolece de contradicciones que impiden
su caracterización como acto jurisdiccional valido, al imponer en forma
arbitraria la obligación de ingreso de internos la órbita del Servicio
Penitenciario Federal, sin antes constatar la existencia de los cupos de
alojamiento. Entiende, que no está previsto normativamente ni
reglamentariamente, refundando en un perjuicio de todos los alojados en el
sistema federal, llevando a una exigencia de imposible cumplimiento y
afectando la gravosa situación que atraviesa la institución y el
desenvolvimiento del Servicio Público que brinda. Realiza reserva del caso
federal e introduce la cuestión constitucional.
En primer lugar dable es destacar que la vía procesal extraordinaria
intentada por el requerido se enmarca en un proceso de habeas corpus
Fecha de firma: 21/07/2020
Alta en sistema: 24/07/2020
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA
correctivo colectivo por razones de hacinamiento, alimentación, higiene,
condiciones pésimas de sanitrios y celdas deterioradas entre otras
circunstancias que agravarían la forma y condiciones en que se cumple la
privación de libertad de los internos.
Respecto al cumplimiento de los requisitos de...
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