Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 29 de Julio de 2009, expediente 24.035/2007

Fecha de Resolución29 de Julio de 2009

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente Nº 24035/2007

SENTENCIA Nº 36353

JUZGADO Nº 6

AUTOS: “POSDELEY, Alejandro Daniel c. NATURAL LEATHERS

S.R.L. y otros s. Despido”

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de julio de 2009, se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR J.C.E.M. DIJO:

  1. La sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda viene apelada por todas las partes.

  2. El recurso de Natural Leathers S.R.L. es parcialmente procedente.

    No lo es en lo que respecta a la cuestión de fondo porque la parte se limita a cuestionar el alcance que el Señor Juez a quo le otorgó a las declaraciones testimoniales, no analizadas debidamente con la imprescindible demostración de su idoneidad para generar resultados que sólo en forma genérica ha enunciado. Tampoco rebate eficazmente las conclusiones extraídas, por el magistrado, de la causa penal acompañada por la parte actora (v. fs. 243/267). Era carga incumplida del apelante demostrar al tribunal, con precisa referencia al material probatorio acumulado, vicios in judicando derivados de la incorrecta apreciación de la prueba o de la indebida aplicación de las normas jurídicas que gobiernan la cuestión. El agravio es insuficiente lo que impide el progreso de la impugnación en los términos del artículo 116 del ordenamiento procesal aprobado por la Ley 18345.

    Tampoco lo es en cuanto cuestiona que la procedencia de la multa del artículo 16 de la Ley 25561. He tenido oportunidad de explicar mi criterio al tratar una cuestión sustancialmente análoga (“C.G., M.T. vs.

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

    Expediente Nº 24035/2007

    Wal Mart Argentina S.R.L. s. despido”; Sentencia Definitiva Nº 35.293, del 25.07.08). Allí sostuve que el artículo 1º del Decreto 1224/07 es la norma que,

    formalmente, declaró cumplida la condición descripta en el artículo 4º de la Ley 25972 (referida a la tasa de desocupación elaborada por el INDEC,

    inferior al 10%) y que, por tanto, puso fin a la vigencia temporal del artículo 16

    de la Ley 25561. Los datos estadísticos relativos a la tasa de desocupación,

    correspondientes a períodos anteriores al dictado del decreto no son fuente de derecho. Lo sustancial es que a fecha de la denuncia del contrato, no regían las disposiciones del citado decreto. Por ello, vigente el artículo 16 de la Ley 25561 (estrictamente, los artículos 4º de la Ley 25972 y 1º del Decreto 1433/05), corresponde admitir este agravamiento.-

    Lo es en cuanto cuestiona la remuneración asignada por el sentenciante de grado a los fines indemnizatorios. El actor denunció un salario de $ 3.500.-;

    el magistrado lo fijó en $ 2.500.- de conformidad a las previsiones del artículo 56 LCT y a la escala salarial aplicable al personal comprendido en la CCT

    130/75 vigente a la fecha del...

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