Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 29 de Septiembre de 2020, expediente FRO 055405/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

Prev/Def Visto en Acuerdo de la S. “B” integrada, el expediente n°

FRO 55405/2017, caratulado “POMPONI, CLAUDIO C/ ANSES S/

REAJUSTES VARIOS” (Originario del Juzgado Federal nro. 1 de la ciudad de Rosario), de los que resulta:

Vienen los autos a estudio, a fin de resolver los recursos de apelación interpuestos por la actora y la demandada (fs. 72 Y 73) contra la sentencia del 09 de septiembre de 2019, que hizo lugar a la demanda interpuesta por el actor, y ordenó a la ANSES, que proceda al pago del haber recalculado y diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos pertinentes. Impuso las costas en el orden causado (fs.

67/71).

Concedidos los recursos (fs. 74), se elevaron las actuaciones a esta Alzada e ingresados por sorteo informático en esta S. “B”, las partes expresaron sus agravios (fs. 79/81 vta. y 82/88 vta.).

Ordenado el traslado correspondiente, fue contestado por la actora (fs. 90/91 vta.), por lo que pasaron los autos al Acuerdo y la causa quedó en condiciones de ser resuelta (fs. 92).

Los Dres. V. y T. dijeron:

  1. ) La actora se agravió de que se ordene al organismo previsional el ajuste de las remuneraciones tenidas en mira para el otorgamiento de la PC y la PAP con arreglo al índice que señala la resolución Anses 140/95 sin la limitación temporal hasta la fecha de adquisición del beneficio y solicita se confirme el precedente “Elliff” hasta a la entrada en vigencia de la ley 26417 y que las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive se ajusten por el indice de salarios básico y los posteriores por el art. 2 de la ley 26417 hasta la fecha de adquisición del derecho.

    Fecha de firma: 29/09/2020

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.R., SECRETARIA

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA

    Respecto a la PBU se quejó de que el a quo haya dispuesto su diferimiento conforme las pautas fijadas por el fallo “Q. y solicitó su actualización.

    Asimismo, sostuvo que se omitió el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 y art. 14 de la Res. 6/09 SSS.

    Solicitó la inconstitucionalidad de la ley 27.426 en cuanto pretende aplicarse a las consecuencias de una situación jurídica cuya existencia es anterior a su fecha de entrada en vigor.

    Se agravió de la imposición de las costas por su orden conforme el art. 21 de la ley 24.463.

    Por último, formuló reserva del caso federal 2º) La demandada se agravió de del índice dispuesto para la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial, solicitando la aplicación del índice combinado previsto al efecto en la ley 27.260, el decreto 807/2016 y Resolución ANSeS 56/2018,

    en cuanto refleja la evolución del Índice Nivel General de Remuneraciones (INGR) y del índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables...

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