Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 22 de Junio de 2023, expediente FRO 002203/2022/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
Prev/Def Visto en Acuerdo de la Sala “A” integrada el expediente Nº FRO 2203/2022 caratulado “PLANA, MIGUEL
ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta,
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los autos a esta Alzada a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de primera instancia, quien se agravió del modo dispuesto para la actualización de las remuneraciones de la actora, solicitando la aplicación del índice combinado establecido en la Ley Nº 27.260, en el Decreto Nº 807/16 y en la Resolución de la ANSeS Nro. 56/18.
Además, señaló que no resultan aplicables los alcances del fallo “M., S.” para el cómputo de los servicios autónomos, ya que dicho fallo fue dictado para un beneficio otorgado bajo la ley 18.038.
Y considerando que:
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- Las cuestiones a dirimir en la presente causa son sustancialmente análogas a las planteadas por la ANSeS en los autos Nº FRO 5861/2016 caratulados:
AVILA, PEDRO JOSE C/ ANSeS S/ REAJUSTES VARIOS
, y que fueron rechazadas por esta Sala mediante Acuerdo del 27 de febrero de 2019, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitirnos por razones de brevedad y economía procesal (ver www.cij.gov.ar/sentencias).En consecuencia, cabe confirmarlo dispuesto en la sentencia apelada respecto de la actualización de las remuneraciones de la actora; la aplicación del precedente “M.” para el cómputo de los servicios autónomos y declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS Nº 56/2018
y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018.
Fecha de firma: 22/06/2023
Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: S.M.A.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.D.M., SECRETARIO
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
En similar sentido se expidió la Sala “B” de esta Cámara en los autos Nº FRO 1376/2015/CA1
caratulados: “JAIME, L. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”, por Acuerdo del 22 de febrero de 2019.
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- En cuanto a las costas de esta instancia, conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 24.463, corresponde distribuirlas por su orden.
Por lo expuesto,
SE
RESUELVE:
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Declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018.
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Confirmar la sentencia apelada en...
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