Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 16 de Abril de 2018, expediente CNT 038806/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 42997 SALA VI Expte Nº CNT 38806/2016 (JUZG. NRO. 55)

Autos: “P.M.N.C. ARGENTINA S.A. Y OTRO S/DESPIDO“

Buenos Aires, 16 de abril de 2018 VISTO:

La parte demandada Comdata Argentina S.A. apel al regulacion de honorarios del perito contador, por considerarlos elevados y este ultimo, los apela por estimarlos exiguos (fs. 218,219 y 217 respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 16/04/2018 Alta en sistema: 17/04/2018 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE...

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