Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 27 de Junio de 2019, expediente CAF 069962/2016/CA001 - CA002

Fecha de Resolución27 de Junio de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA Nº 69.962/2016/CA1-CA2: “PEREYRA, G.G.A. c/ EN – M Seguridad – PFA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”.

En Buenos Aires, a de junio de 2019, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer los recursos interpuestos en los autos caratulados: “PEREYRA, G.G.A. c/

EN – M Seguridad – PFA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, contra la sentencia de fs. 78/80vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:

  1. ) Que la señora jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al Estado Nacional a reconocer el carácter remunerativo y bonificable de la asignación prevista por el dto. 2140/13, que percibe mensualmente el actor y a abonar el retroactivo devengado por lo percibido en menos mensualmente desde la fecha de su entrada en vigencia y hasta su derogación. Asimismo, señaló que a dicho crédito se le aplicaría la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, hasta su efectivo pago. Impuso las costas en el orden causado.

  2. ) Que contra ese pronunciamiento, ambas partes interpusieron recurso de apelación, el Estado Nacional a fs. 81 y vta. (concedido libremente a fs. 82) y el actor a fs. 83 (concedido del mismo modo a fs. 84).

    Puestos los autos en la Oficina, expresaron sus agravios a 91/96vta. y fs.

    87/89vta., respectivamente. Ninguna de las partes contestó el traslado de su contraria (fs. 99).

  3. ) Que las cuestiones planteadas por el Estado Nacional en relación con el decreto 2140/13 y su ampliatorio, encuentran adecuada respuesta en las conclusiones que esta Sala desarrolló in re “J., M.E. y otro c/

    Mº de Seguridad – PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.” y “C., J.V. y otros c/ EN-Mº Seguridad-PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, sentencias del 24 de mayo de 2016, en las que, con remisión al precedente “DEL RIO, G.J.c. – M° Justicia-PFA-

    Fecha de firma: 27/06/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #29058952#236397573#20190605115018145 Dto 2744/93 861/07 sobre Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, del 11 de febrero de 2010, se reconoció la procedencia del derecho del personal...

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