El pensamiento jurídico medioambiental en el caso 'Cruz, Silvia Marcela y otros c/ Ministerio de Energía y Minería de la Nación s/amparo ambiental

AutorEsther Susana Borgarello/Matías Ignacio Borgarello
CargoAbogada/Abogado
Páginas255-275
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liares a su mando, tanto en la paz como en la guerra15. En el ámbito del Derecho, el
legado goza igualmente de potestad plena y la mayor de las penas aplicables sobre
la tropa, la capital, será ejecutada siempre bajo su autoridad (quia hoc ex imperato-
ris legibus eri)16. El prefecto representará en sus funciones al legado en ausencia
de éste17, pero al margen de quien encabece el mando, será el tribuno, a través de
delegación, el encargado de juzgar y castigar a la tropa (si miles crimen aliquod ad-
mississet, auctoritate praefecti legionis a tribuno deputabatur ad poenam)18. Polibio dice
que durante la República estuvo operativo un consejo de tribunos, “συνεδρίου τῶν
χιλιάρχων”, encargado de juzgar las causas19 para luego aplicar el preceptivo castigo
a través de multas, embargos o azotes20. El último eslabón de mando dentro del
ejército lo integran los centuriones, llegando a disponer cada legión con hasta un
total de sesenta. Nos encontramos ante una  gura fundamental que desempeña
una labor determinante en la vertebración y cohesión dentro de las las legionarias.
Unas óptimas condiciones del engranaje militar estarán supeditadas siempre a la
férrea actuación desplegada por los centuriones en el mantenimiento de la disci-
plina. De alguna manera, a pesar de no administrar justicia sobre sus subalternos,
los centuriones cumplen una tarea primordial dentro de un campamento: prevenir
la aparición de la indisciplina, o lo que es lo mismo, frenar la actividad delictiva
entre los legionarios.
Esta realidad se hará notar pronto entre la tropa, donde los castigos adquirirán
una intensidad tal que los centuriones se ganarán un odio especial, enraizado, entre
los soldados. De ello tenemos múltiples evidencias en las fuentes literarias clási-
cas, y en este sentido rogaremos al lector nos permita interesarnos por un evento
concreto: la muerte de Augusto (14 d.C.). La noticia de su defunción llegará pronto
(15) Ueg. rei mil., 2.9: sed legati imperatoris ex consulibus ad exercitus mittebantur, quibus legiones
et auxilia uniuersa obtemperabant in ordinatione pacis uel necessitate bellorum. El legado, dotado de poder
consular, tendrá como general plenos poderes en cuanto a los preparativos de la guerra y en campaña
su jurisdicción no estará limitada: τῶν δὲ στρατηγῶν ὑπάτων πάλιν αὐτοκράτορα μὲν ἐχόντων δύναμιν περὶ
τὰς τοῦ πολέμου παρασκευάς, αὐτοκράτορα δὲ τὴν ἐν τοῖς ὑπαίθροις ἐξουσίαν (Pol., Hist., 6.14.2). Ha de
castigar los crímenes militares en base a lo dictado por las leyes militares: omnes culpas militares legibus
uindicet (Ueg. rei mil., 3.10).
(16) Ibid., 2.22. Vegecio re ere la presencia del classicum, instrumento íntimamente asociado
al poder del legado que se hace sonar en el momento de ejecutar a un soldado como símbolo de que
dicha pena se ve refrendada por su autoridad: quia classicum canitur imperatore praesente uel cum in
militem capitaliter animaduertitur, quia hoc ex imperatoris legibus  eri necesse est.
(17) Ibid., 2.9: proprius autem iudex erat praefectus legionis (…) qui a bsente legato tamquam uicarius
ipsius potestatem maximam retinebat.
(18) Ibid.
(19) Polibio (Hist. 6.37.1) a rma que tras la deliberación del consejo se establecerá una abso-
lución o una condena, y en este último caso el tribuno -entendemos que pudiese estar re riéndose
al laticlavo, de mayor rango que el resto- tomaría un palo y golpearía simbólicamente al condenado
para luego, de manera no  ngida sino letal y efectiva, el ejército en masa poder apalear al reo hasta
morir.
(20) Ibid., 6.37.8: κύριος δ᾽ ἐστὶ κα ζημιῶν χιλίαρχος κα ἐνεχυράζων κα μαστιγῶν.
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Revista de la Facultad, Vol. XI • Nº 1 • NUEVA SERIE II (2020) 237-254
a los cuarteles de Germania, a raíz de lo cual estallará un motín y se impondrá la
anarquía en varios destacamentos romanos de Centro-Europa21. Entre las arengas
que algunos soldados exaltados llevan a cabo frente a las tropas encolerizadas se
incluirán denuncias al trato recibido por los centuriones, mandos de los que se
decía, eran obedecidos por los soldados cual si fuesen esclavos. Al mismo tiempo
se lamentan de la dureza de la milicia, el escaso salario y, más grave aún, cómo esa
ínfima paga debía ser entregada a los propios centuriones en concepto de soborno
para intentar evadir las crueldades de estos mandos:
Postremo promptis iam et aliis seditionis ministris uelut contionabundus interrogabat
cur paucis centurionibus paucioribus tribunis in modum seruorum obedirent (…)
enimuero militiam ipsam grauem, infructuosam: denis in diem assibus animam et
corpus aestimari: hinc uestem arma tentoria, hinc saeuitiam centurionum et uacationes
munerum redimi22.
Dos certezas son extraíbles de este discurso reaccionario legionario: de un lado
el presunto bajo salario de los soldados, y de otro, los duros castigos a los que son
sometidos a través del centurión, una experiencia grabada con fuerza sobre sus
castigadas pieles (uerberibum notas)23. Por este motivo serán los propios centuriones
quienes primero sufran la ira de los sediciosos. Es reseñable el caso de los manípu-
los enviados a Nauporto24, los cuales, al conocer las noticias de insurrección que
llegaban de Germania comenzaron de inmediato a burlarse, vejar y luego golpear
a los centuriones que trataban de contenerlos25. El uitis o bastón de vid era el arma
reglamentaria con que los centuriones infligían los castigos, y en este sentido, vol-
viendo a los cuarteles sediciosos de Germania, sabemos que cierta unidad hizo huir
a los tribunos y al prefecto del campamento, pero no así al centurión Lucilio, famoso
entre la tropa por impactar con extraordinaria dureza e impunidad su bastón una y
otra vez sobre las espaldas de los legionarios. Lucilio terminará resultando muerto26,
y tras él muchos otros centuriones, pues las tropas verán en ellos a individuos a los
que les está permitido golpear impunemente a los soldados, a veces incluso hasta
(21) Tac. An., 1.16: eo principio lasciare miles, discordare, pessimi cuiusque sermonibus praebere aures,
denique luxum et otium cupere, disciplinam et laborem aspernari.
(22) Ibid., 1.17.
(23) Ibid., 1.18.
(24) En la actual Eslovenia.
(25) Tac. Ann., 1.20.
(26) Ibid., 1.23: et centurio Lucilius inter citur cui militaribus facetiis uocabulum “cedo alteram”
indiderant.

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