Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 17 de Mayo de 2022, expediente FRE 003485/2015/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

3485/2015

PENAYO, NESTOR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD -

GENDARMERIA NACIONAL s/ACCION MERE DECLARATIVA DE

INCONSTITUCIONALIDAD

RESISTENCIA, 17 de mayo de 2022. -LR

VISTOS:

Estos autos caratulados: “PENAYO, NESTOR Y OTROS c/ ESTADO

NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - GENDARMERIA NACIONAL

s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD”, E.. Nº FRE

3485/2015/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Formosa; y CONSIDERANDO:

La Dra. R.A. dijo:

  1. La Sra. Jueza de primera instancia dictó sentencia en fecha 26/11/2021.

    Hizo lugar a la demanda promovida por los actores y declaró el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el Decreto 1307/12 y sus modificatorios, y ordenó

    respecto de los suplementos que fueron derogados el pago de las retroactividades devengadas a partir de la entrada en vigencia hasta el 1 de junio de 2016 (confr. art 4 del Decreto 716/16) y respecto a los restantes suplementos hasta su efectiva incorporación al sueldo del actor,

    teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos. El crédito devengado por los retroactivos impagos, deberá ser abonado de conformidad con las previsiones de la ley de presupuesto,

    mediante la respectiva reserva presupuestaria…

    . Impuso las costas a la perdidosa en virtud de los argumentos desarrollados ut supra, posponiendo la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto quede firme la liquidación que deberá practicar la parte demandada en relación al crédito devengado. Dispuso la realización de una pericia contable para el supuesto de que tal liquidación resulte controvertida por la parte actora.-

  2. Disconforme con dicho decisorio, Gendarmería Nacional interpuso recurso de apelación en fecha 02/12/2021.

    En fecha 21/12/2021 la recurrente expresó agravios circunscribiéndolos a la imposición de las costas.-

    Al efecto, solicita se aplique al presente caso los fallos “Pelozo”, “C.

    y “Grandoli”, donde se fijaron las pautas en relación a los decretos 1307/12 y sus modificatorios, requiriendo que se impongan las costas por su orden en ambas instancias.-

    Fecha de firma: 17/05/2022

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.B.G., JUEZ SUBROGANTE

    Firmado por: M.C.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Manifiesta que la sentencia resuelve una materia novedosa relacionada con el reajuste de haberes, y por lo tanto, ese...

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