PECBEN S.A.

Fecha de disposición17 Mayo 2018
Fecha de publicación17 Mayo 2018

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3, a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secretaría N° 5, a cargo de la Dra. Sandra Viviana GOÑI, se sirva notificar en el marco del expediente N° 409/2017caratulado "PECBEN S.A. S/INF. ART. LEY 24769" a PECBEN S.A. y a Fabián José LOPREATO: que en aquel expediente se dispuso: Buenos Aires, 10 de mayo de 2018. 1°) En atención al resultado de las notificaciones de fs. 88/99, notifíquese a PECBEN S. A. y a Fabián José LOPREATO de lo resuelto a fs. 68/73 y vta. y de lo dispuesto por los puntos 1° y 2° del decreto de fs. 80/81. A tal fin, publíquese edicto por el término de cinco (5) días (art. 150 del C.P.P.N) \u2026.. Fdo Rafael CAPUTO juez Nacional Ante mi: María Belén PENAS RUBIO. Secretaria. Buenos Aires, 21de marzo de 2018.. SE RESUELVE:\u2026. I) SOBRESEER a Fabián José LOPREATO y a PECBEN S.A. con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 3° de la presente con la expresa mención de que la formación de este sumario no afectó el buen nombre y honor del que aquellas personas gozaren (arts. 334, 335 y 336 inc. 3°, todos del C.P.P.N. y art. 1° del Régimen Penal Tributario instaurado por la ley 27.430). II) EXTRAER copias confrontadas de las partes pertinentes, como así también de la presente resolución, y REMITIRLAS a la Dirección de Planificación Penal dependiente de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de la A.F.I.P. - D.G.I. mediante oficio de estilo, a los efectos de que se investigue la posible configuración de alguna infracción tributaria con relación al Impuesto a las Ganancias -período fiscal 2014- y al Impuesto al Valor Agregado - período fiscal 2013. III) CITAR a prestar declaración indagatoria a Fabián José LOPREATO y a PECBEN S.A. en las audiencias del día 5 de julio de 2018, a las 10.30 y 11,30 horas, respectivamente, audiencias a las cuales las personas nombradas deberán concurrir bajo apercibimiento de declarar la rebeldía de ambas y, además, la captura de LOPREATO, en caso de ausencias injustificadas (ver considerando 15° de la presente). Regístrese y notifíquese\u2026. Fdo Rafael CAPUTO juez Nacional Ante mi Sandra V. GOÑI. Buenos Aires, 11 de abril de 2018. 1°) Por recibido, agréguese y en atención a que fue interpuesto en tiempo y forma, concédese sin efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto a fs. 75/77 por la Fiscalía Nacional en lo Penal Económico N° 6, contra los puntos I y II de la...

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