Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 7 de Marzo de 2017, expediente CNT 057276/2012/CA001

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2017
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA N° 102.078 CAUSA Nº 57276/2012 SALA IV “PAZ ANDREA NATALIA C/ STAR STAR S.A. Y OTROS S/ DESPIDO” JUZGADO N° 24.

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 07 de marzo de 2017, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:

La doctora Beatriz

  1. Fontana dijo:

La sentencia de primera instancia, que rechazó en lo principal el reclamo del inicio, llega recurrida por la parte actora a tenor de su presentación de fs. 340/345, y por la parte demandada a fs. 348/349.

Con relación a los honorarios regulados hay apelaciones de la parte demandada, del patrocinante de Star Star S.A. y del letrado de la co demandada C..

La parte actora afirma que la sentencia le causa agravio porque consideró que no se acreditó el cobro de una suma de dinero inferior a la que constaba en los recibos de haberes de la actora, pero en este aspecto adelanto que considero que el recurso no puede prosperar.

En ese sentido, debo destacar que en tanto la parte actora fundó

su reclamo en la percepción de una suma de dinero inferior a la registrada, y en la falta de pago de vacaciones y sueldo anual complementario, las manifestaciones de la recurrente en torno a lo que considera irregularidades en la documentación laboral de la demandada no son conducentes ni suficientes para tener por probado el hecho denunciado.

Tampoco resultan eficaces a ese efecto las manifestaciones de los testigos sobre la existencia de pagos “en negro” en tanto lo que denunció la actora fue haber cobrado “menos” que la suma registrada.

Siendo ello así, propongo en este aspecto confirmar lo decidido en primera instancia.

Seguidamente la parte actora se agravia porque se consideró

injustificado el despido indirecto en que se colocó la actora pero tampoco en este punto considero que pueda prosperar la queja.

Fecha de firma: 07/03/2017 Alta en sistema: 02/05/2017 Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.B., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: B.I.F., JUEZ DE CAMARA #19852541#173311302#20170307130937041 Poder Judicial de la Nación Al respecto, es cierto como lo afirma la recurrente que la sentenciante no computó bien el plazo de licencia con reposo absoluto que...

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