Partición de herencia por escritura pública
Autor | Marta Rosa Piazza |
Cargo | Escribana. Titular del Registro Notarial Nº 4 del Partido de Escobar, Pcia. de Buenos Aires. Especialista en Derecho Notarial. Docente Universidad de Buenos Aires y Universidad Notarial |
Páginas | 3-23 |
Partición de Herencia por Escritura Pública
Partition of inheritance by notarized document
Marta Rosa Piazza*
RESUMEN
El presente trabajo, aborda el estudio exhaustivo de las particiones y,
especialmente, la partición de herencia, contemplando sus aspectos dinámicos
desde la función notarial, brindando respuestas precisas, donde cada cuestión
es relevante y tiene gran riqueza de contenidos. Asimismo, el estudio se
completa con una importante variedad de opiniones autorales y jurisprudencia.
ABSTRACT
This work deals with the exhaustive study of the partitions and
particularly the partition of inheritance, contemplating its dynamic aspects from
the notary function, providing precise answers, where each question is relevant
and has a wealth of content. In addition, the study was completed with a great
variety of opinions doctrinals and jurisprudence.
PALABRAS CLAVES
Derecho sucesorio- Partición de herencia- derecho notarial
KEY WORDS
Inheritance law - partition of inheritance - notary law
*Escribana. Titular del Registro Notarial Nº 4 del Partido de Escobar, Pcia. de Buenos Aires. Especialista
en Derecho Notarial. Docente Universidad de Buenos Aires y Universidad Notarial.
Trabajo recibido 29/4/2013. Aceptado 9/6/2013.
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1. Introducción
El propósito del tratamiento de esta temática (1) es emprender todo lo
que atañe a la faz dinámica de los negocios partitivos, que adquieren
relevancia como negocios jurídicos familiares que se desarrollan en sede
Notarial. Para su tratamiento estimamos conveniente profundizar diversos
aspectos relacionados con el derecho sucesorio, pero no desde la perspectiva
inmutable que proporciona el derecho civil.
El estudio exhaustivo de las particiones y, especialmente, la partición de
herencia nos abre un panorama de mayor interés, brindando respuestas
precisas donde cada cuestión es relevante y tiene gran riqueza de contenidos.
Hemos seleccionado los temas más importantes no solo por su
dimensión científica sino especialmente por su gravitación práctica, a la luz de
la doctrina judicial y autoral, teniendo en cuenta la dinámica del desempeño de
la función notarial.
Se trata de reflexionar sobre las particiones y sus implicancias, sobre
aspectos que antes no habíamos analizado, incluso con nuevos planteos, pues
cada tema se puede ver con una configuración y enfoques diferentes.
2. Concepto y caracteres
A los efectos de una primera aproximación conceptual, afirmamos
que con la partición de herencia se disuelve, se le pone fin a la comunidad
hereditaria, que convierte a cada uno de los herederos en titulares de los
bienes que se le adjudican.
permanecer obligatoriamente en estado de indivisión; ello surge de acuerdo a
lo normado por el artículo 3452 de dicho ordenamiento que establece:
Los herederos, sus acreedores y todos los que tengan en la
sucesión algún derecho declarado por las leyes, pueden pedir en
cualquier tiempo la partición de la herencia, no obstante cualquiera
prohibición del testador, o convenciones en contrario.
En consecuencia, fiel al espíritu liberal de la época de la sanción del
permanecer obligatoriamente en estado de indivisión (2).
El codificador, consagró el principio de la partición forzosa, como
norma, expresada además en la nota del artículo 3452, al aclarar que:
1 Trabajo elaborado en base a la disertación que la autora pronunciara en la Universidad del Salvador.
2 Conforme LLAMBIAS, Jorge y MENDEZ COSTA, María Josefa, en Código Civil anotado.
Doctrina y Jurisprudencia, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1992, p. 66.
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