Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 30 de Septiembre de 2015, expediente CNT 060671/2012/CA001

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 66953 CAUSA Nº 6067/2012/CA1 AUTOS: “PAREDES SILVIO MARCELO C/ HERSO S.A. Y OTRO”

JUZGADO Nº 21 SALA I Buenos Aires,30 de SEPTIEMBRE de 2.015.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la parte demandada a fs. 399/400, contra el pronunciamiento de fs. 398, por el cual, ante el fallecimiento del actor tuvo por operada la sustitución procesal en cabeza de su madre, Sra. D.E.R..-

CONSIDERANDO:

Que, sin perjuicio de lo previsto en el art. 110 de la L.O., ya que la causa se encuentra radicada ante esta Alzada, se procederá al tratamiento del recurso en cuestión, por estrictas razones de celeridad y economía procesal.-

Sostiene el recurrente que la simple manifestación de que no existen otros herederos del Sr. Paredes, formulada en la presentación de fs. 384, no resulta suficiente para aceptar la sustitución procesal propuesta, y sostiene que debe existir un juicio sucesorio y la correspondiente declaratoria de herederos.-

En nuestro ordenamiento adjetivo y sustancial vigente no existe disposición alguna que estipule tal requerimiento, porque se trata de personas que comparecen al expediente en los términos de los arts. 3410, 3417 del Código Civil vigente al momento de los hechos y actuales art. 2280 y 2337 del C.C.C.N.

En este sentido los arts. 3410 y 3417 del Código Civil preveían que “…cuando la sucesión tiene lugar entre ascendientes, descendientes y cónyuge, el heredero entra en posesión de la herencia desde el día de la muerte del autor de la sucesión, sin ninguna formalidad o intervención de los jueces, aunque ignorase la apertura de la sucesión y su llamamiento a la herencia…”, y que “… El heredero que ha entrado en la posesión de la herencia, o que ha sido puesto en ella por juez competente, continúa la persona del difunto, y es propietario, acreedor o deudor de todo lo que el...

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