Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 27 de Marzo de 2017, expediente CSS 067226/2012/CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MFA Expte nº: 67226/2012 Autos: “P.J.C. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 10 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 67226/2012 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, contra la sentencia dictada por la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social n° 10.

    La parte demandada se agravia de lo resuelto por el a quo respecto a la determinación del haber inicial, toda vez el monto líquido del beneficio no debe ser necesariamente proporcional a lo aportado. Asimismo cuestiona las pautas fijadas para el recálculo y la actualización de la PC. Finalmente manifiesta disconformidad en torno a la aplicación del precedente “B.” como medida de movilidad.

    Por su parte la actora cuestiona la falta de actualización de la PBU. Además solicita la actualización de los aportes realizados como autónomo. También se queja de la regulación de honorarios por altos. Finalmente se queja de la aplicación de la tasa pasiva y de la imposición de costas.

    Asimismo el abogado de la parte cuestiona los honorarios por bajos.

  2. Surge de las actuaciones administrativas que el actor obtuvo el beneficio previsional al amparo de la ley 24.241, habiendo prestado servicios en relación de dependencia, obteniendo la prestación compensatoria, la prestación adicional por permanencia y la prestación básica universal. Fecha de adquisición del beneficio 17/02/05.

  3. Ahora bien, a los efectos de determinar la remuneración promedio para el cálculo de la Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia, corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción –

    personal no calificado- (Res. 140/95 conf. Res. SSS n°413/94 concordante con Res. D.E.A.

    63/94), en las remuneraciones percibidas por el titular hasta la fecha de adquisición del beneficio (Elliff, A. c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11 de agosto de 2009, CSJN).

  4. En cuanto al agravio vertido por el apelante sobre la actualización de la PBU, y más allá del criterio sostenido en reiteradas oportunidades por esta S., entre otros como en el fallo “D., J.P. c/ Anses s/ Reajustes Varios” sentencia definitiva nº

    158918/14 del 10/03/14, cabe adecuar y diferir el análisis del ajuste de dicha prestación para Fecha de firma: 27/03/2017 Firmado por: B.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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