Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 14 de Febrero de 2019, expediente FSA 010750/2015/CA001

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II “PALLARES, FIDELA c/ ANSES s/ HABER MÍNIMO GARANTIZADO” Expte. N°

10750/2015 (Juzgado Federal N° 2 de Salta)

Salta, 14 de febrero de 2019.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la Administración Nacional de la Seguridad Social a fs. 53/54 y por la parte actora a fs. 55 en contra de la sentencia definitiva obrante a fs. 45/52, por la que el juez de grado hizo lugar parcialmente a la demanda iniciada por la Sra. F.P. (DNI 17.437.320), ordenando a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la actora el monto que corresponda a fin de que el haber que percibe por su beneficio alcance el haber mínimo garantizado por el art. 125 de la ley 24.241 de conformidad a lo dispuesto por el art. 8 de la ley 26.417, debiendo abonarle además las diferencias retroactivas a las que resulte acreedora desde el 10/03/13 y hasta su efectivo pago, teniendo en cuenta en cada caso los haberes mínimos vigentes a la fecha en que se percibiera cada mensual, con más sus intereses.

2) Que, con relación al recurso de apelación deducido por la parte actora y dado que no expreso agravios a pesar de haber sido debidamente Fecha de firma: 14/02/2019 Firmado por: M.S., SECRETARIA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA #27162192#226615531#20190214124608318 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II notificada de la intimación dispuesta a los fines del art. 259 del CPCCN, corresponde declarar desierto el recurso interpuesto por su parte a fs. 55.

3) Que las cuestiones planteadas por la demandada en las presentes actuaciones resultan sustancialmente análogas a las examinadas por esta Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en autos:

G.A., Petrona c/ Anses s/ Amparo Ley- 16.986

expte.

N°2078/2013/1/CA1, sentencia del 30 de diciembre de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.

En efecto, la actora F.P. es titular de un beneficio de pensión directa por el fallecimiento de su esposo, quien se encontraba afiliado a ORIGENES AFJP. Cabe señalar, además, que la amparista denuncia haber percibido sumas notablemente inferiores al haber mínimo garantizado por la ley y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR