Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 17 de Marzo de 2022, expediente CIV 047003/2016
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala M |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M
47003/2016
PALLADINI, CESAR MARIO c/ TRANSPORTES ATLANTIDA S.A.C. Y OTRO
s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Buenos Aires, de marzo de 2022.
AUTOS Y VISTOS:
-
) La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció respecto de la aplicación temporal de la ley 27.423, en “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/
Misiones, Provincia de s/ acción declarativa”, 1 de modo coincidente con lo decidido por la mayoría del tribunal.2 Desde esa perspectiva, el nuevo régimen legal no resulta aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante la etapa concluida durante la vigencia de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432, o que hubieran tenido principio de ejecución.
Por eso, resultan de aplicación las pautas establecidas en la ley21.839 y su modificatoria ley 24.432.
-
) Para entender en la apelación deducida por considerar bajos los honorarios regulados el 4 de junio de 2021, se tendrá en cuenta que la causa concluyó por haberse declarado la caducidad de instancia. Por lo tanto, resultan aplicables las pautas del artículo 20, en tanto el proceso finalizó sin sentencia ni transacción, razón por la cual corresponde establecer como base regulatoria la mitad del monto reclamado en la demanda. Asimismo,
se considerará el mérito de la labor profesional, apreciada por su calidad, la eficacia y la extensión de los trabajos realizados, las etapas cumplidas hasta que se decretó operada la caducidad, el incidente resuelto y pautas de los arts. 6, 7, 8, 9, 20, 33, 37, 38 y cc de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.4.32.3
En consecuencia, por no ser reducidos los honorarios del abogado G.A.K., se los confirma.
R., notifíquese por secretaría y devuélvase.
M.I.B.G.D.G. ZURRO
1
Fallos: 341:1063
2
CNCiv., esta sala, “G., Citrano J. c/ Greco, M.E. y otro s/ daños y perjuicios”,
expte.nº34.058/13, del 30/05/2018.
3
CNCiv., esta sala, “Córdoba, J.A. c/ Línea 24 Empresarios de transportes automotor pasajeros SA y otro s/ daños y perjuicios”, expte. nº 85631/2010, del 14/06/2021
Fecha de firma: 17/03/2022
Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA
En disidencia parcial sobre la aplicación temporal de la ley arancelaria el Dr Carlos A.
Calvo Costa dijo:
Considero aplicable la nueva ley de honorarios a todos los asuntos en los que no hubiera...
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