Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala III–C, 14 de Junio de 2013, expediente 15.534/15.400/15.408

Fecha de Resolución14 de Junio de 2013
EmisorSala III–C

Cámara Federal de Casación Penal Causa N°

15.534/15.400/15.408 –

Sala III–C.F.C.P.“P. y otros s/recurso extraordinario” “

REGISTRO N° 943/13

Buenos Aires, catorce de junio de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios interpuestos por las defensas de L.E.P. (fs. 1755/76), de E.V.M.L. (fs. 1779/99 y vta), y de M.D.P. (fs. 1800/1851).

Y CONSIDERANDO:

Por los fundamentos y conclusiones de los dictámenes de los Fiscales Generales obrantes a fs. 1852/4 y 1856/7, respectivamente, que este tribunal comparte y hace suyos por razón de la brevedad, se

RESUELVE:

NO HACER LUGAR a los recursos extraordinarios deducidos por las defensas de L.E.P.,

E.V.M.L., y M.D.P., con costas (artículos 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).

R., notifíquese, comuníquese a la Dirección de...

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