Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 26 de Junio de 2017, expediente CIV 083486/2009/CA002

Fecha de Resolución26 de Junio de 2017
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 83486/2009.- P.R.R. c/S.B.A.S.A. Y OTRO s/EJECUCION DE HONORARIOS - INCIDENTE CIVIL Buenos Aires, de junio de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibidos.

  2. Tal como ha resuelto esta sala en múltiples oportunidades (v. g. en exptes. n° 27097/11, el 11/11/13 y n°

    9205/2005, el 29/4/15), toda vez que el procedimiento de ejecución de honorarios no se encuentra expresamente contemplado en la ley 21.839, deben aplicarse, por analogía, los principios contenidos en el art. 40 del citado arancel, considerándose solamente la segunda etapa a la que alude la norma referida y los trabajos realizados conforme lo dispuesto por su art. 6°.-

    Por lo expuesto; atento el monto comprometido en la ejecución (fs. 825 y 852); considerando la calidad, eficacia y extensión de la labor desarrollada, como así también, lo dispuesto por los arts. 7 y conc. de la ley 21.839 y la ley 24.432, por ajustado a derecho, se confirma el honorarios regulado a fs. 413 en favor del letrado en causa propia.

  3. Regístrese y notifíquese (fs. 421 y 422)...

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