PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO Distrito Catamarca

Fecha de disposición14 Abril 2016
Fecha de publicación14 Abril 2016
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

Distrito Catamarca

El Juzgado Federal con Competencia Electoral de Catamarca, a cargo del Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber que en los autos N° 268/2013 caratulados "PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO s/reconocimiento de personalidad jurídico \u2013 política" que tramitan ante sus estrados, seha dictado la siguiente RESOLUCION:

SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de abril de 2016.-

Fallo n°: .1146/2016

Y VISTO:

El pedido de reconocimiento para actuar como Partido de Distrito formulado por la agrupación política "PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO" en los autos N° CNE 268/2013 caratulados " PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO s/reconocimiento definitivo de personalidad jurídica política (art. 7 bis) "

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 17 se presenta el ciudadano ACOSTA, Ivan Gonzalo DNI n° 27.155.917, quién ha sido designado en el carácter de Apoderado de la agrupación política "PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO" (Acta de Fundación) solicitando el reconocimiento de la personería jurídica - política de la mencionada agrupación; acompañando a fs. 1/2 el Acta Fundacional donde figuran los Miembros de la Junta Promotora del Distrito siendo los siguientes ciudadanos: Presidente: ACOSTA, Ivan Gonzalo DNI n° 27.155.917; Tesorera Titular: TITOS, Vanesa DNI n° 29.432.673 y Tesorero Suplente: GONZALEZ, María Claudia DNI n° 23.190.944; Certificadores Partidarios de Firmas: ACOSTA, Enzo Rodrigo DNI n° 29.414.443, CASTRO, Daniel Norberto DNI n° 26.433.697 y DIAZ, Juan Gabriel DNI n° 38.099.132. Asimismo fueron designados Apoderados Partidarios los ciudadanos: ACOSTA, Ivan Gonzalo DNI n° 27.115.917 y TITOS, Vanesa Carolina DNI n° 29.432.673. Constituyendo domicilio legal en B° Lib. II Peatonal 18, Casa n° 55 de esta Ciudad Capital de Catamarca.- Que a fs. 215/218 corre agregada resolución otorgando reconocimiento de personería en forma provisoria, en los términos del art. 7 de la Ley n° 23.298 y sus modificatorias y cuya publicación en el Boletín Oficial de la Nación corre agregada a fs. 232.- Que a fs. 1vta. y 80/82 obra documentación de la designación como certificadores partidarios ACOSTA, Enzo Rodrigo DNI n° 29.414.443, CASTRO, Daniel Norberto DNI n° 26.433.697 y DIAZ, Juan Gabriel DNI n° 38.099.132.- Que, fue oportunamente notificada la agrupación de autos de las previsiones y exigencias del art. 7 bis de la Ley n° 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos para obtener la sentencia definitiva que le otorgue la personería jurídico política.- Que a partir de las fs. 242 la agrupación acompaña las respectivas fichas de afiliación por un total de un mil ciento cuarenta y ocho (1.148) fichas, según lo informado por Secretaría a fs. 262, de esta manera alcanza el mínimo legal necesario del 4%o del padrón electoral del distrito Catamarca, siendo que (1.134) un ciento treinta y cuatro afiliaciones como mínimo corresponde para el año 2015.- Que a fs. 264/269 corre agregada documentación que acredita la convocatoria a elecciones internas para constituir las primeras autoridades definitivas del Partido.- Que a fs. 267/268 obra acta de proclamación y listado de las autoridades electas conforme a las previsiones de la Carta Orgánica Partidaria; surgiendo a fs. 278 informe de Secretaría respecto a su verificación y afiliación, constando que la totalidad de sus integrantes reúnen los requisitos de ley; siendo aprobados los mismos a fs. 279, ordenándose las comunicaciones y publicación correspondiente siendo agregados a fs. 280/283 los oficios y el edicto de publicación correspondiente.- Que a fs. 2vta./3 corre agregada la Declaración de Principios y las Bases de Acción Política, a fs. 3vta./8vta. y la Carta Orgánica Partidaria obra a fs, 9/17, la que es modificada por observaciones efectuadas a fs. 130 y es presentada a fs. 135/140 y aprobada oportunamente por éste Tribunal a fs. 142.- Que, a fs. 283 dieron cumplimiento a la presentación de los Libros Partidarios a los...

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