MONTAÑA ALTA S.A.

Fecha de disposición29 Diciembre 2017
Fecha de publicación29 Diciembre 2017

MONTAÑA ALTA S.A.

Por acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 28/11/2017 se resolvió por unanimidad: a) modificar el Artículo 6 del estatuto social en cuanto a la garantía de los directores, quedando el mismo redactado en los siguientes términos: "SEXTO: La dirección y la administración de la sociedad están a cargo del directorio, integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección de uno o más suplentes será obligatoria. El término de su elección es de tres ejercicios. La asamblea fijará el número de directores y su remuneración. El directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un presidente, pudiendo, en caso de titulares, designar un vicepresidente que suplirá al primero, en su ausencia o impedimento. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poder especial a tenor del art. 1881 del Código Civil y del art. 9 del decreto ley 5965/63. Podrá especialmente operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias, oficiales o privadas; dar o revocar poderes, especiales o generales -sin perjuicio de lo previsto en el art. 266 de la ley 19.550- judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o...

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